Ven en caso Gordillo nulo riesgo de fuga

AutorAbel Barajas

MÉXICO.- Elba Esther Gordillo gozará de la prisión domiciliaria porque una Magistrada federal consideró que no representa un riesgo de fuga y porque el beneficio se lo habían negado aplicándole retroactivamente una ley que no estaba vigente cuando ocurrieron los hechos de los que se le acusa.

El 27 de julio pasado, el Magistrado Miguel Ángel Aguilar, del Primer Tribunal Unitario Penal, negó a Gordillo el beneficio al argumentar que los artículos 18 y 19 de la Constitución prevén la prisión preventiva oficiosa y centros de reclusión especial para los acusados de delincuencia organizada.

Al tratarse de una prerrogativa prevista en el Código Penal Federal, una norma secundaria, estimó que debía darse preferencia a la jerarquía de la Carta Magna y negarle a la maestra su solicitud.

Pero al resolver el amparo 37/2017 contra ese fallo, Isabel Porras Odriozola, titular del Tercer Tribunal Unitario Penal, dijo que los artículos referidos corresponden a la reforma constitucional de 2008 del sistema penal acusatorio y no estaban vigentes cuando ocurrieron los hechos delictivos ni cuando la maestra solicitó el beneficio.

Porras expone que dicha reforma tenía un plazo de 8 años para entrar en vigor en forma paulatina y, en el caso de la Ciudad de México, el sistema acusatorio inició su vigencia a partir de febrero del año pasado.

"A pesar de que la reforma publicada el 18 de junio de 2008 ocurrió anterior a los hechos que se le atribuyen de 2009 a 2012 y a la intención incidental de prisión domiciliaria que hizo valer su defensa 6 de febrero de 2015, hasta esos momentos ésta no tenía vigencia y no era obligatoria su aplicación en el ámbito territorial de esta Ciudad, sino hasta el 29 de febrero de 2016", señaló Porras.

En conclusión, para la Magistrada, es viable la prisión preventiva a un acusado de delincuencia organizada, aunque omite el hecho de que en el sistema de justicia mixto o tradicional este delito es grave y el acusado tampoco puede llevar su juicio en libertad.

Porras también rechazó el segundo argumento del Magistrado, consistente en que sí existe el riesgo de que Gordillo pudiera darse a la fuga, ya que es soltera, no cuenta con dependientes, tiene capacidad económica, política y social y no se puede establecer que tenga vínculos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR