Va Ugo penalmente por desarrolladores

AutorMarcos Martínez

Para endurecer las penas contra los desarrolladores que infrinjan las normas en la materia y las sanciones a los funcionarios que los cobijen, el Alcalde de San Pedro, Ugo Ruiz, propuso ayer reformar el Código Penal del Estado para tipificar el delito contra el ordenamiento urbano.

El Alcalde presentó una iniciativa de reforma por adición al Código Penal estatal del Título Noveno Bis, denominado Delitos contra el Ordenamiento Urbano, que quedaría conformado por el Artículo único 234 Bis, dividido en seis fracciones.

"En el caso de San Pedro estamos viviendo una situación compleja, en donde hay desarrollos que presentan estas condiciones (irregularidades). Lo que buscamos es que esto no vuelva a suceder en ningún otro lugar", dijo Ruiz.

En el documento, entregado en la Oficialía de Partes del Congreso local, detalla que la iniciativa deriva de la ineficacia de los castigos previstos en la normativa actual.

El Artículo 234 Bis establece penas de prisión de 4 a 12 años para los propietarios de inmuebles, promotores directos o responsables de obras, constructores, y técnicos a cargo de construcciones, que edifiquen sin autorización o licencia.

"(Las penas serán aplicables) cuando lo construido no corresponda a lo dispuesto en los planes o normas reglamentarias de construcción vigentes", establece el artículo.

Además, serían susceptibles de multas de mil 600 a 4 mil 800 cuotas de salario mínimo, esto es de 103 mil 616 pesos a 310 mil 848 pesos.

También plantea la inhabilitación de los responsables de las obras para ejercer su profesión por un periodo de seis meses a tres años.

La iniciativa fija penas de hasta 5 años de prisión y multas de hasta 6 mil cuotas salariales -388 mil 560 pesos- a quienes construyan en áreas verdes, o suelos destinados a vialidades, e inhabilitación de sus profesiones a los responsables.

Los funcionarios implicados serían sancionados con hasta 7 años y medio de prisión y multas similares a las aplicables a desarrolladores.

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