Topan dólares a casas de cambio

AutorJéssika Becerra

MÉXICO.- Las casas de cambio tendrán los mismos límites que tiene la banca para recibir dólares en efectivo.

En la resolución que reforma y adiciona las disposiciones de carácter general del artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, aplicables a las casas de cambio, se establece que estos intermediarios deberán abstenerse de recibir de personas físicas (no clientes) más de 300 dólares en efectivo al día y más de mil 500 dólares al mes.

Sin embargo, las reglas publicadas en el Diario Oficial exceptúan de ese límite diario a las operaciones realizadas por personas físicas de nacionalidad extranjera.

En ese tipo de casos, una casa de cambio deberá recabar y conservar copia del pasaporte que acredite la nacionalidad del cliente y del documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su internación o legal estancia en el País.

"En todo caso, las casas de cambio deberán abstenerse de recibir de personas físicas dólares por un monto en conjunto por usuario, acumulado en el transcurso de un mes calendario, mayor a mil 500 dólares", se agrega en la disposición.

El límite para los clientes de las casas de cambio será...

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