Sanción jurídica

El Código Penal y de Procedimientos Penales de Nuevo León tipifica como delitos la falsificación y uso de documentos en general, y la delincuencia organizada, que serían dos en que incurrirían los "coyotes" y los empleados que trafican con actas de nacimiento del Registro Civil.

Falsificación y uso de documentos en general.

¿Quién la comete?

Capítulo III.

Artículo 245.- El delito de falsificación de documentos se comete por algunos de los medios siguientes:

...III.- Alterando el contexto de un documento verdadero, después de concluido y firmado, si éste cambiare su sentido sobre alguna circunstancia o punto substancial, ya sea añadiendo, enmendando o borrando, en todo o en parte, una o más palabras o cláusulas, o variando la puntuación.

IV.- Variando la fecha, o cualquier otra circunstancia relativa al tiempo de la ejecución del acto que se exprese en el documento.

La sanción:

Artículo 246.- El delito de falsificación de documentos públicos o privados se castigará con prisión de seis meses a tres años de prisión, y una multa de una a diez cuotas.

Delincuencia organizada

¿Quién la comete?

Capítulo V

Artículo 176.- ... Al que forme parte de una banda de tres o más personas organizada para delinquir.

La sanción

Artículo 176.- Prisión de cuatro a diez años, y multa de veinte a setenta cuotas... por...

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