Restringe la SRE la naturalización

AutorSilvia Garduño

MÉXICO.- En el 2007, los futbolistas Leandro Augusto Oldoni, brasileño, y Vicente Matías Vuoso, argentino, obtuvieron la nacionalidad mexicana por la vía de la naturalización luego de residir en el País por 7 y 4 años, respectivamente.

Ambos jugadores, convocados a la Selección Mexicana por Sven Goran Eriksson, iniciaron su proceso de naturalización en el 2006.

El Presidente Felipe Calderón, incluso, felicitó a Vuoso por su naturalización cuando el club Santos Laguna ganó el torneo de clausura en el 2008.

Pero no todos los extranjeros gozan de la misma suerte.

A la guatemalteca Brenda Estrada, con 19 años de residencia en México, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) le negó el acceso al proceso de naturalización, pese a que la mujer es madre de dos niños nacidos en el país y que su pareja es mexicana.

La Ley de Nacionalidad, vigente desde 1998, establece que el extranjero que pretenda naturalizarse mexicano deberá acreditar que ha residido en territorio nacional cuando menos durante los últimos cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, periodo que se reduce a dos años en el caso de latinoamericanos y españoles.

No establece como requisito contar con una calidad migratoria específica.

Sin embargo, desde el 2007 la Cancillería mexicana únicamente permite que accedan a la naturalización aquellos extranjeros que residan en el país con una forma migratoria FM2 -de inmigrante-, que se otorga sólo a técnicos, profesionistas, científicos, trabajadores de confianza, rentistas, inversionistas, artistas y deportistas.

Han quedado excluidos así los extranjeros que cuenten con una FM3, que se otorga a visitantes, estudiantes, ministros de culto, corresponsales, refugiados y asilados.

El Reglamento de la Ley de Nacionalidad, publicado apenas el miércoles pasado, indica que para tramitar la naturalización es necesario acreditar la residencia legal en territorio nacional mediante documentos de inmigrante o inmigrado, expedidos por la Secretaría de Gobernación, con excepción de los solicitantes a los que se les haya reconocido la condición de refugiados.

"En casos excepcionales, a juicio del titular del Ejecutivo federal, no será necesario que el extranjero acredite la residencia en el territorio nacional", apunta.

Establece como requisitos adicionales los de renunciar por escrito a la nacionalidad de origen y aprobar un examen de historia y cultura de México.

El reglamento fija un plazo máximo de 150 días hábiles para dar...

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