Si rentas, ganaste con la reforma

AutorAlicia Díaz

No todos perdieron con la reforma fiscal aprobada para el 2014.

Los propietarios de inmuebles que los tienen en renta son de los pocos que ganaron con estos cambios tributarios.

A partir del 1 de enero del 2014 desaparece el Impuesto Especial a Tasa Única, IETU.

Con ello se abre la posibilidad de que los arrendadores paguen menos impuestos.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla la opción para que las personas físicas tributen vía sociedad conyugal o copropiedad, señala Gonzalo Ávila.

El especialista fiscal explica que la copropiedad se puede hacer con el cónyuge, hermano, papá o cualquier otra persona.

De esta manera, indica, el IVA es para el caso de los locales comerciales, pues la vivienda está exenta, lo paga uno de los copropietarios.

Además, el ISR es compartido, es decir, que el 50 por ciento de los ingresos lo acumula cada uno.

"El trámite (para tributar en sociedad conyugal o copropiedad) se hace en el portal del SAT y ahí se define quién es el representante legal de la copropiedad.

"La ventaja es diminuir el pago del ISR, porque no es lo mismo que yo pague 50 mil pesos y me voy a la tasa del 32 por ciento, que si tributo con...

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