Refutan criterio de Sala Regional

AutorÁngel Charles y Emmanuel Aveldaño

Los criterios de la Sala Regional del Trife que proponen invalidar la candidatura del Alcalde electo de San Pedro, el independiente Miguel Treviño, y anular la elección del pasado 1 de julio fueron cuestionados ayer por especialistas electorales.

De acuerdo con expertos consultados por EL NORTE, los actos anticipados de campaña no son causa de inelegibilidad ni tampoco de nulidad de la contienda.

"El único momento para impugnar la ilicitud del registro (del candidato) era precisamente al otorgarse el registro, no al calificar la elección", advirtió uno de los expertos consultados.

Asimismo, otro experto señaló que el magistrado que propone la anulación, Yairsinio García, no analizó el principio de "determinancia" para ver qué tan trascendente en el resultado de la elección fue la irregularidad señalada.

"Para declarar la nulidad de elección por cualquier causa es siempre necesario analizar la determinancia, ya sea cualitativa o cuantitativa, de la irregularidad", expuso uno de los especialistas electorales, que pidió no ser citado.

"Esto es, evaluar en qué medida la irregularidad fue trascendente para el resultado final de la elección", agregó.

"Pero en este caso la diferencia entre los dos punteros fue de 11 puntos porcentuales, por lo que es mucha la diferencia, y por ende, no fue determinante".

En la elección del 1 de julio, Treviño obtuvo 32 mil 326 votos, el 46.9 por ciento de la votación, contra 25 mil 169 sufragios de la panista, Rebeca Clouthier, 36.5 por ciento.

Como EL NORTE publicó el sábado, ante un juicio promovido por el PAN alegando que Treviño realizó actos anticipados de campaña, el magistrado García -a quien le correspondió el expediente- circuló en la Sala Regional del Trife un proyecto de sentencia en el que plantea declarar inelegible al independiente...

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