Prohíbe el fisco deducir regalías pagadas a paraísos

AutorAlicia Díaz

El Servicio de Administración Tributaria castigará a las empresas mexicanas que transfieran al extranjero sus marcas con el fin de eludir el pago de impuestos.

De acuerdo con los nuevos "criterios indebidos" dados a conocer por el fisco, está prohibido que las empresas deduzcan, para efectos del ISR y del IETU, las regalías pagadas a las empresas del mismo grupo ubicadas en el extranjero por el uso de activos intangibles que hayan tenido su origen en México o que se hayan adquirido en el extranjero.

Estos criterios serán publicados en el Diario Oficial en los próximos días.

En el caso del IETU, el fisco sólo permite deducir los pagos por el uso de equipos industriales, comerciales o científicos a empresas del mismo grupo ubicadas en el extranjero.

El fisco argumenta que ha identificado que los pagos de regalías se han utilizado como medios para erosionar la base del ISR de las compañías.

Indica que las operaciones entre partes relacionadas permiten flexibilizar las operaciones que realizan entre ellas y acuden al pago de regalías para reducir el gravamen en México y situar el ingreso en el extranjero.

"Las regalías, al ser bienes intangibles, son de fácil movimiento y ubicación en las transacciones que se efectúan con y entre partes relacionadas y de difícil control para la autoridad fiscal, lo que permite la realización de prácticas elusivas..., incluso cuando los pagos de regalías se realizan aparentemente en condiciones de mercado", refiere la autoridad tributaria.

El jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó las demandas de amparo interpuestas por Cemex y Televisa en contra del régimen tributario aplicable a las empresas que realizan operaciones en paraísos fiscales.

Estas normas, previstas en la Ley del ISR a partir del 2005, obligan a las empresas a pagar impuestos en México cuando en otro país no se les cobra, o el que...

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