Proceden contra LEA por la matanza del 68

AutorDavid Vicenteño, Abel Barajas y Víctor Fuentes

MÉXICO.- Luego de cuatro años de intentarlo, la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) pudo entregarle una orden de aprehensión a Luis Echeverría.

El director de Investigaciones Ministeriales de la dependencia, José Manuel Ruiz Jiménez, se presentó la tarde de ayer a la residencia del ex Presidente para entregarle la notificación del arresto domiciliario ordenado por el magistrado José Angel Mattar Oliva, titular del Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal, quien determinó que existen elementos suficientes para considerarlo como probable responsable del delito de genocidio.

La diligencia tardó menos de 10 minutos.

Ruiz Jiménez relató en entrevista que Echeverría recibió la noticia en su recámara, y con una actitud tranquila.

"Está con mucha tranquilidad, nos saludó cordialmente, se dio por enterado y firmó la notificación".

El funcionario informó que se instalaría una guardia de la Agencia Federal de Investigación (AFI) afuera de la casa del ex Presidente, lo que no había sucedido al cierre de esta edición.

En la mira

La Femospp, creada a principios de este sexenio y en proceso de desaparición, ha tendido en su mira a Echeverría casi desde el inicio de sus labores.

En junio del 2002, ante denuncias presentadas por Jesús Martín del Campo, Raúl Álvarez Garín y Enrique Condés, entre otros, sobre la matanza del 10 de junio de 1971, la Fiscalía abrió una averiguación previa sobre ese hecho.

Las conclusiones de la investigación fueron presentadas en julio 2004. La Fiscalía solicitó órdenes de aprehensión contra Echeverría, Mario Moya Palencia, ex Secretario de Gobernación, y nueve ex funcionarios más por el delito de genocidio, pero el juez José César Flores negó las órdenes de aprehensión y sobreseyó el expediente 114/2004-I, por considerar que el término para castigar los hechos prescribió el 10 de junio del 2001. La Corte atrajo el caso a solicitud de la Fiscalía, y en junio del 2005 determinó que en los casos de Echeverría y Moya Palencia el delito de genocidio no había prescrito.

Sin embargo, la magistrada Herlinda...

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