PLAZA PÚBLICA / Reforma a derechos humanos

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

Concluyo la reseña de la reforma constitucional sobre derechos humanos. El Congreso declaró el 1 de junio que se había reunido el voto aprobatorio de la mayoría de las legislaturas, necesario para reformar la Constitución. El decreto correspondiente fue publicado en el Diario Oficial el viernes pasado.

Como en otros casos, el Poder Legislativo dispone de un año para emitir la ley reglamentaria del nuevo artículo 29, relativo a la suspensión del ejercicio de los derechos humanos y sus garantías.

El artículo 33 experimentó un vuelco que deja de lado la xenofobia. Asegura a los extranjeros (a los que ya no se califica de perniciosos) el derecho de audiencia previo a su eventual expulsión, que se practicará de acuerdo con una ley también por emitir, y ya no con base en resoluciones administrativas arbitrarias como la que afectó, por poner sólo un ejemplo, al ciudadano colombiano Miguel Ángel Beltrán Villegas.

En mayo del 2009 fue entregado al gobierno de Bogotá señalado por sus ligas con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia. Dos años después se determinó la infracción en que incurrió el gobierno mexicano. No hubiera podido ser deportado en las deplorables condiciones en que se le echó, de haber estado en vigor la nueva regulación en esta materia. También se extiende un plazo de un año al legislador para reglamentar la nueva norma. Es deseable que el Congreso se apresure a elaborarla, porque mientras eso ocurra seguirá vigente el anacrónico procedimiento actual.

La modificación al artículo 89, que contiene las facultades del Ejecutivo, incluye entre los principios en que debe fundarse la política exterior que está a su cargo establecer, el de "respeto, la protección y promoción de los derechos humanos".

El artículo 97 sufrió una poda en mi opinión lamentable. A petición de la propia Suprema Corte de Justicia ese tribunal perdió su facultad de investigar violaciones graves a las garantías individuales. Conforme al razonamiento que en el pasado reciente condujo a que se le eximiera de investigar los casos de violación del voto público, porque el IFE y el Tribunal Federal Electoral ejercen esa función, ahora se trasladó aquella capacidad a la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Para hacer efectivo este traslado de responsabilidades, se requiere también adecuar la ley de ese organismo, lo que añade un punto más en la delicada agenda de la 61 Legislatura que, so pena de hacer nugatoria la reforma que ahora se festeja, debe completarla...

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