Plaza Pública / Intimidad

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

Hace una semana un Juez civil de la Ciudad de México, que no desahogó todas las pruebas que él mismo había admitido, condenó a la periodista Olga Wornat y al semanario Proceso a pagar cerca de 2 millones de pesos de indemnización a la señora Martha Sahagún Jiménez -nombre con el cual firmó su demanda- por haberle causado daño moral al difundir un escrito de la propia demandante donde ella narra sus intimidades. Si la sentencia fuera producto sólo del criterio judicial, los afectados podrían tener plena confianza en que, al apelar, la sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal enmendaría la resolución de primera instancia, porque es un documento pletórico de defectos, carente de sustento. Pero a todas luces se trata de un asunto político, en que se ha beneficiado deliberadamente a la pareja presidencial y en consecuencia no basta contar con la razón jurídica. Para evitar que se consume el atentado contra la libertad de expresión contenido en la sentencia que se avino a las peticiones de la Primera Dama, sólo hay un camino: que los recursos ante la justicia ordinaria y ante las instancias de amparo concluyan después del 30 de noviembre, cuando cese la capacidad de los Fox de presionar a los tribunales, una capacidad inherente a sus cargos que no requiere petición explícita alguna.

El tema de fondo consiste en saber si los medios de información pueden entrar en la esfera íntima de una persona. La respuesta es necesariamente negativa. El espacio que los seres humanos reservan escrupulosamente para sí, el de su conducta consigo mismos y con los prójimos inmediatos debe quedar cercado por un valladar que nadie tiene derecho a traspasar. Fácil de resolver el tema en su enunciado general, el problema salta cuando se trata de situaciones concretas. Y en la que generó la demanda de la esposa del Presidente -de cuyo valor, de cuyas faldas por hacerlo se ufanó el Jefe de Estado- se trata de saber si su intimidad quedó preservada, y por lo tanto es reclamable en tribunales, no obstante que ella misma produjo la pieza cuya reproducción y difusión reprocha.

Opino que no se vulneró tal intimidad porque ella la había desvelado, la había hecho materia comunicable. De no aceptarse tal posición llegaríamos al extremo de que el propio Juez Duodécimo Civil Carlos Miguel Jiménez Mora, que la benefició política, jurídica y pecuniariamente con su sentencia podría ser sujeto de una demanda análoga por la propia señora Sahagún. Y es que el juzgador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR