Plaza Pública/ Disputa por la capital

AutorMiguel Angel Granados Chapa

Esta noche se efectuará el debate entre los cinco candidatos a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, tres de los cuales están realmente en la disputa por los votos de los capitalinos, que por segunda vez, y por primera para un plazo sexenal, elegirán a quien los rija. La participación en el cotejo de hoy de Andrés Manuel López Obrador se decidió a la medianoche del viernes, cuando expiró el término en que podía impugnarse ante la jurisdicción federal la sentencia del tribunal electoral local que a su vez confirmó el acuerdo del Instituto Electoral del Distrito Federal.

Si bien dos de los magistrados del Tribunal electoral del Distrito Federal presentaron voto particular en contra de la decisión de la mayoría, ésta reconoció validez al registro de López Obrador, recurrido con más criterios políticos que legales por el PRI, el PAN, el PVEM y el PARM. Que los orientaba más la búsqueda de una ganancia política colosal, la eliminación de López Obrador de la contienda, que la preservación del orden jurídico, lo prueba el hecho de que se abstuvieran de continuar la ruta jurídica cuando percibieron la falla de su cálculo político. Poner en jaque al candidato de seis partidos fue una maniobra contraproducente. La impugnación se convirtió en una de las causas del crecimiento de la popularidad de López Obrador.

Jurídicamente, y a pesar de los votos en contra a la hora del registro y en el momento de la sentencia, la posición del político tabasqueño era sólida. Así quedó de manifiesto en la sentencia cuyo proyecto fue preparado por el propio presidente del tribunal, Raciel Garrido Maldonado, un voluminoso documento de 455 folios, la mitad de los cuales recoge los votos particulares de los magistrados de la minoría. Por cierto que adminicular esos votos al cuerpo de la sentencia produce un efecto formalmente equívoco, pues las firmas de los cinco integrantes del tribunal parecen avalar no la sentencia misma aprobada por mayoría, cuyos resolutivos figuran en las páginas 210 y 211, sino el voto particular de Estuardo Mario Bermúdez. El arribó a la conclusión de que "son fundados los agravios expuestos... por los recurrentes" y por lo tanto se debe "revocar la resolución impugnada". Y en el siguiente renglón se lee que "así lo resolvió el pleno del Tribunal electoral del Distrito Federal por mayoría de tres votos", cuando lo resuelto por ese pleno fue lo contrario: "Son infundados los recursos...: y en consecuencia, se confirma el acuerdo del once...

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