Página Tres/ Un mandato legal y las candidaturas

AutorRicardo Omaña del Castillo

Un mandato legal y las candidaturas

La mayoría de los aspirantes a puestos de elección popular en el Estado de Nuevo León, no se ha topado con la Iglesia, como fue el caso de Don Quijote y Sancho Panza, pero sí con el texto de la Constitución General de la República. Según la Carta Magna, todo ciudadano está obligado a desempeñar, entre otros, los cargos concejiles del municipio donde resida. La Constitución del Estado no incluye este requisito para quienes aspiran a una Alcaldía, e incluso lo contraviene, pero en opinión del Tribunal Federal Electoral es obvio que debe prevalecer le letra de la Constitución General. El Magistrado del Trife, Francisco Bello Corona, expresó que el requisito de la residencia ya está definido y que será responsabilidad de los partidos y aspirantes hacer postulaciones que llegado el caso podrían ser impugnadas. La advertencia del Tribunal Federal Electoral ha puesto de cabeza a muchos aspirantes y a sus respectivos partidos, pues las listas de precandidatos que se han mencionado incluyen a no pocos de ellos que de acuerdo a la disposición constitucional estarían inhabilitados para ser postulados a una Alcaldía de la zona metropolitana. El hecho ha detenido bruscamente lo que parecía una escalada de especulaciones sobre los posibles contendientes del PRI y del PAN, en las elecciones del próximo dos de julio. Precandidatos que se han mencionado para Monterrey, viven en San Pedro. Otros que buscarían la Alcaldía de Guadalupe, viven en Monterrey. Si prevaleciera lo dispuesto en la Constitución General, muchos aspirantes tendrían que modificar sus aspiraciones, y sus partidos tendrían que reprogramar sus candidaturas. El caso ha causado nerviosismo y, si en realidad trastorna el proceso preelectoral en la entidad, culpa será de los propios partidos. El texto de la Constitución General no es nuevo, y de hecho ha sido ignorado en elecciones pasadas. Jesús Hinojosa fue Alcalde de San Nicolás y posteriormente de Monterrey. Chema Elizondo fue Alcalde de Guadalupe y ahora lo es de Monterrey. Ellos no sólo soslayaron lo expresado en la Constitución, sino que también incurrieron en la reelección que la ley prohíbe. Ninguno de ellos pudo tener dos residencias políticamente válidas en ambos municipios. Si fuera el caso de que hubieran cambiado de domicilio municipal para aspirar a una segunda Alcaldía, y de que tal cosa no fuera un impedimento, tampoco lo sería para los futuros aspirantes, a quienes les bastaría mudarse de un...

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