Opinión Invitada / Saber cómo

AutorOpinión Invitada

Rafael Alonso y Prieto

Los angloparlantes lo conocen como "know how". Es un saber, pero no un saber abstracto, sino un saber pragmático con el cual se puede hacer que las cosas sucedan. Usarlo implica tener un propósito conocido y definido.

En la solución de problemas -sociales, de empresa, de familia, individuales- hay pasos que, quien de veras quiere resolverlos, tiene que conocer y aplicar.

Primero hay que definir claramente el problema. Hecho esto, debe juzgarse si las alternativas viables son mejores que lo actual y si no hay metas competitivas.

Luego se deben buscar los medios adecuados (recursos, medidas, leyes, etc.) que conduzcan al resultado que se busca. Y por último, y esto debe hacerse en todos los pasos del camino, hay que prever los efectos secundarios, las consecuencias no buscadas.

Creemos que la falta de rigor en la metodología, y sobre todo en conocer los medios eficaces, es el vicio fundamental de las actuales políticas gubernamentales.

En la llamada reforma fiscal se falló en definir el problema. En un problema que incluía la insuficiencia de la contribución tributaria al erario, la carga excesiva sobre una minoría cautiva; la complejidad de la legislación y la tramitología burocrática; se enfocó un solo objetivo: aumentar la captación fiscal.

El error arranca desde el concepto de lo que debe ser un impuesto. Los impuestos son una forma de distribuir el costo del Gobierno entre los ciudadanos en forma equitativa, y el consenso general es que esto se logra distribuyendo la carga "en proporción a la capacidad de pago".

Frente a eso, se atribuyen a los impuestos otras funciones, picadas de moralina: que paguen las empresas y no las personas; que pague más quien vive del trabajo que el que vive del capital, etc., sin darse cuenta o sin querer reconocer que cualquier impuesto lo paga siempre el último consumidor en el precio del bien o el servicio.

¿Cómo funcionó esto en la realidad? Se empezó por "añadir" dos impuestos importantes: el IETU, que se añade al ISR, y el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE), al que se le asignó una finalidad detectivesca y no tributaria.

No se corrigió ninguno de los defectos graves del ISR y del IVA, pero sí se añadieron costos de cumplimiento: doble contabilidad, doble declaración y más informaciones que rendir.

Reduzcámonos a un ejemplo: el DIOT (declaración informativa de operaciones con terceros) en que el causante está obligado a informar mensualmente del RFC de cada persona a la que...

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