Opinión Invitada / Bernardo Graue Toussaint: Memorándum al Presidente

AutorOpinión Invitada

Sr. Presidente López:

Nuestra lengua refiere al "memorándum" como una nota que se envía a una persona dentro de una misma institución u oficina y que se trata de una comunicación escrita de carácter formal, a fin de comunicar disposiciones, consultas, órdenes e informes, entre otros.

Al margen de los anteriores conceptos, me resultó fascinante que "Memorándum" es una palabra latina que significa "cosa que debe recordarse".

Mi intención hoy, Presidente López, es subrayarle a usted precisamente eso, es decir, "cosas que debe recordar" y que, si las desconoce, las sepa.

Me explico.

En días pasados, usted decidió enviar un "memorándum" a los titulares de Gobernación, Educación Pública y Hacienda, a fin de instruirles dejar sin efecto las acciones gubernamentales derivadas de la Reforma Educativa (instrumentada durante el sexenio anterior) mientras no se alcance un acuerdo entre el Legislativo y la disidencia magisterial, para abrogar dicha reforma y reemplazarla por un nuevo marco legal.

Ante las críticas que ha recibido por esa determinación, usted declaró:

"Si hay que optar entre la ley y la justicia, no lo piensen mucho, decidan en favor de la justicia".

Pues bien, Sr. Presidente López, le expongo "algunas cosas que debe recordar":

  1. El pasado 1 de diciembre del 2018, usted rindió protesta como Presidente Constitucional de México en los siguientes términos: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen...".

    En dicho juramento no hay espacio alguno a la discrecionalidad. Está usted obligado a acatar el marco legal vigente (incluida la reforma constitucional en materia educativa en mención). Usted no puede suspender los efectos de una ley por el simple hecho de que no le guste. Eso no es competencia del Poder Ejecutivo. Corresponde al Legislativo. Mientras dicho Poder no cambie o derogue la norma, usted y su Gobierno tienen la obligación legal de acatarla.

  2. Usted, con su "memorándum", viola el marco jurídico vigente, es decir, comete un delito, a sabiendas de que no puede ser imputado, salvo por casos señalados en el Art. 108 constitucional, párrafo segundo: "El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común".

    En otras palabras, aunque no se le pueda imputar, no quiere decir que no comete usted un delito. Así de simple. Ah, por cierto, a quien comete delito se le llama...

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