Obligan a realizar contabilidad digital

AutorLaura Carrillo y Dolores Ortega

MÉXICO.- A partir de hoy, todo tipo de contribuyentes que emita Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) está obligado a llevar contabilidad por medios electrónicos es obligatorio.

También deberá cumplir con las reglas para llevar sus cuentas de manera electrónica, de acuerdo con el nuevo Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF), publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.

Por ley, empresas, personas físicas con actividad empresarial, contribuyentes que reciban ingresos por honorarios y por arrendamiento, así como los que emigraron al nuevo Régimen de Incorporación Fiscal, ya estaban obligados a llevar contabilidad, y aplica a los que se incorporen.

La diferencia ahora es que llevarla de forma electrónica ya no será opcional, sino obligatorio, de acuerdo con la fracción III del artículo 28 del CFF, que entra en vigor hoy, al publicarse ayer el Reglamento.

Las nuevas reglas establecen que los contribuyentes deben tener a la mano hasta el manual de sus sistemas electrónicos.

"El contribuyente deberá conservar y almacenar toda la documentación relativa al diseño del sistema electrónico donde almacena y procesa sus datos contables (...), poniéndolo a disposición de las autoridades fiscales para que las auxilien cuando éstas ejerzan sus facultades de comprobación", dicta el artículo 34.

Los registros contables deberán identificar cada operación (ingresos, gastos, inversiones), con su comprobante fiscal, lo cual ya era obligatorio.

Sin embargo, ahora se relacionarán con los CFDI.

Además, se agrega que en cada registro se deberá detallar la forma de pago de la operación, como efectivo, transferencia interbancaria de fondos, cheque nominativo para abono en cuenta, tarjeta de débito, crédito o de servicios y monedero electrónico.

Asimismo, la contabilidad deberá permitir la identificación de los depósitos y retiros en las cuentas bancarias abiertas a nombre del contribuyente.

Los contribuyentes en el Régimen de Incorporación Fiscal y las personas físicas con actividad empresarial pueden auxiliarse del portal "Mis Cuentas" dentro del SAT para llevar su contabilidad, explicó un asesor del SAT.

Bernardo Elizondo, fiscalista del Despacho Adame y Elizondo, agregó que los contribuyentes tienen que integrar más documentos a su contabilidad.

"Ahora, por citar la fracción...

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