Entrevista/ Fernando Marty Ordóñez/ Considere los 'detalles' de la regularización

AutorOsvaldo Robles

¿Cuáles vehículos pueden regularizarse y cuáles no?

Todas las camionetas siempre y cuando no se excedan de 3 mil 500 kilos de capacidad, eso lo pone la ley muy claramente, la Ley es muy abierta, lo demás no se específica y por lo tanto pueden ser considerados.

Mientras no sean de lujo o no sean deportivos, eso el reglamento que está por publicarse lo va a especificar.

Las personas que no cuentan con el título de propiedad de su vehículo, ¿qué otro documento pueden presentar para solicitar la inscripción en el procedimiento?

Una constancia notarial, un acta ministerial o la resolución de un juzgado, porque no son enchiladas; si yo llego con un carro pero digo: 'oye fíjate que éste es mío pero no tengo ningún documento', pues igual es del compadre, es una cosa seria..., también pueden utilizar un 'Bill Sale'. La Ley habla de un documento idóneo.

¿Cómo puede saber el propietario de un vehículo que va a solicitar la inscripción, si su vehículo fue internado al país antes de la fecha límite del 31 de octubre?

Puede ser el permiso al internarlo al país, todavía salen casos que vamos a tener que ir depurando, porque al hacer la primera verificación contra la base de datos de la Secretaría de Hacienda algunos nos han brincado porque traen un documento que comprueba que estaba en territorio nacional antes del día 30 de octubre, y sin embargo aparece en la base de datos de Hacienda como internado al País con posterioridad a esa fecha.

Nuestros abogados están estudiando eso, porque la Ley dice que los que se internaron antes sí pasan; pero la ley también dice que los que se internaron después no pasan, entonces el vehículo pudo haber entrado y salido y cae en los dos supuestos.

La solicitud pide obligatoriamente señalar la fecha de internamiento al país del vehículo, sin embargo, la mayoría de los propietarios no la conocen, ¿qué pueden hacer al respecto?

Que pongan una fecha, lo principal es la firma de la declaratoria bajo protesta de decir verdad; pero si no saben la fecha, pueden poner una aproximada.

Las personas a las que les es rechazada la inscripción por aparecer en la base de datos, que su vehículo fue internado al país después del 30 de octubre y no tienen manera de comprobar lo contrario, ¿qué les queda por hacer?

"Ese ya se fregó, lo tiene que sacar del país o que lo done al fisco federal; si ya está muy chatarra, pues ya te da flojera llevarlo a Mc Allen, mejor lo tiran por ahí, o lo venden cono chatarra y le sacan más; tiene hasta el...

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