Luis Manuel Garza / Abandono de familia

AutorLuis Manuel Garza

La semana pasada en la Sección Vida! se publicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se había pronunciado sobre el delito de abandono de familia en Nuevo León, dentro de un procedimiento de Contradicción de Tesis.

Estos procedimientos se generan cuando dos tribunales federales del mismo rango tienen opiniones encontradas sobre un mismo tema y han resuelto juicios similares, pero en sentidos opuestos.

Cuando se detecta la contradicción, se denuncia ante la Suprema Corte de Justicia, para que se pronuncien si efectivamente existe o no tal contradicción.

Sólo en caso afirmativo se procede a dirimir la controversia sobre cuál de los dos criterios debe prevalecer. Lo que se decida constituirá jurisprudencia obligatoria que tendrá que ser acatada por todas las autoridades cuando tengan que resolver sobre ese tema, como si fuera una ley.

En el caso que le refiero, el resultado de la Contradicción fue que, a partir de febrero del año en curso, incumplir en el pago de pensiones alimenticias pactadas en un divorcio por mutuo consentimiento, sin causa justificada, constituye el delito de abandono de familia, de acuerdo al Código Penal del Estado de Nuevo León.

A simple vista esto pudiera parecer ser una buena noticia para las muchas mujeres neoleonesas y su correspondiente descendencia, quienes, después de haber obtenido el divorcio por mutuo consentimiento y una pensión alimenticia, son abandonadas a su suerte por el ex esposo.

Porque ya determinó la Suprema Corte que el obligado cometerá un delito si incumple con el pago.

Igualmente se decretó en la nueva jurisprudencia que también comete delito quien incumpla con su obligación de pagar una pensión alimenticia definitiva que provenga de un litigio, en el cual se haya dictado una sentencia condenatoria, que ya no admita recurso alguno.

En estos dos casos, el desobligado comete delito.

Sin embargo, la jurisprudencia no abordó otro tema de trascendental importancia, porque no eran materia de esa contradicción, en el cual nos queda la duda de cómo va a tener que resolver la autoridad.

Se trata de las pensiones alimentarias que son fijadas por los jueces de lo familiar al inicio de un...

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