Corrigen Ley Mordaza

AutorDeyra Guerrero

El Congreso del Estado aprobó ayer por unanimidad corregir la denominada Ley Mordaza.

Finalmente los diputados aprobaron modificar el artículo 334 bis del Código Penal del Estado, para precisar que se sancionará a aquellas personas que divulguen la identidad o ubicación de la víctima, testigos, peritos, cónyuge o familiares de éstos, pero no cuando se revele información de los agresores.

El Artículo 334 bis del Código Penal prohibía difundir información de casos del crimen organizado y de otros cinco delitos, y fija sanciones de 2 a 6 años de prisión y multa de 250 a 600 cuotas para quien proporcionara datos de la identidad o ubicación de "las partes", sus familiares, testigos o peritos.

La definición de "las partes" abarcaba a todos los involucrados, desde las víctimas hasta los presuntos agresores.

Con la reforma, se eliminó la expresión de "cualquiera de las partes", para dejar la prohibición sólo para proteger a los ofendidos en los casos de los delitos contra la seguridad de la comunidad, delincuencia organizada, homicidio calificado, parricidio, secuestro y el equiparable al secuestro.

La garantía para la víctima u ofendido de que no sea dada a conocer su identidad o paradero se garantizó también en la modificación al artículo 8 del Código de Procedimientos Penales.

El Diputado panista Fernando Kuri, argumentó desde tribuna que con los cambios se respeta tanto el derecho de la víctima de que su identidad sea protegida, como el derecho de información.

"Se perfecciona al aclarar que no estarán sujetos a esta disposición las autoridades obligadas con motivo de su encargo a...

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