Legítima Defensa / Vencimiento de contrato no perdona rentas

AutorAlfonso Verde Cuenca

Lic. Verde Cuenca: tengo rentada una casa, cuando terminó el contrato, el inquilino me dijo que no era necesario hacer otro, porque ya me iba a entregar la casa.

Pasó el tiempo y no se salía, le informé que le había aumentado la renta y me contestó que no podía pagarme la renta por los gastos de la construcción de su casa.

Dejó de pagarme la renta, contrató un abogado y dijo que a él le estaba pagando la renta. Su abogado me llamó diciéndome que tenía prohibido acercarme a mi casa a cobrarle y que el dinero de las rentas se estaba depositando en un juzgado desde septiembre del año pasado, sin embargo yo no he recibido nada de ese dinero.

¿Qué debo hacer? ¿A dónde tengo que ir para que me orienten?, el inquilino cree que tiene derecho a seguir viviendo ahí por pagarle la renta a su abogado y no a mí.

Desesperada.

R. Sra. Desesperada: Su contrato tiene una característica, es bilateral, es decir, da origen a obligaciones recíprocas: usted se obligó a ceder el goce y uso de su casa y su ahora mal inquilino, a pagar por el uso y goce un precio que se llama "renta".

Usted tiene un derecho o acción para promover de inmediato el desahucio, que constituye un medio procesal legal para que, previa resolución judicial favorable, el arrendador obtenga la expulsión o lanzamiento del mal inquilino del inmueble arrendado y lo deje libre y a disposición de su dueño, pues el desahucio procede porque no le han pagado las rentas.

El hecho de que su inquilino continúe ocupando la casa, aún y cuando no hayan celebrado un nuevo contrato, y se haya vencido él que tenían celebrado, no le da nunca el derecho a dejar de pagar la renta.

Usted actuó de buena fe y creyó cuando su inquilino le dijo que pronto le entregaría la casa, lo que no cumplió.

La buena fe consiste en el respeto a las normas de conducta colectiva que son propias de toda conciencia honrada y leal.

Los abogados no significamos nada en relación al pago o no pago de las rentas de una propiedad, en su caso el abogado sólo la intimidó y le echó mentiras, es claro que usted puede ir cuantas veces quiera a cobrar la renta, pero mejor demande el desahucio en un procedimiento especial de arrendamiento, bien atendido es rápido.

Lic. Verde Cuenca: tengo seis años de separado; el...

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