Legítima Defensa / Propiedad y posesión: Derechos que exigen respeto

AutorAlfonso Verde Cuenca

Caso

Licenciado Verde Cuenca: Estoy en trámites para adquirir con crédito Infonavit una casa que está en poder de un Banco. El ejecutivo de ventas me dijo que visitara la casa para ver las condiciones en que se encuentra. Me di cuenta de que la casa está invadida, y se lo comenté al ejecutivo del Banco y me dice que es un proceso sencillo que sólo es cuestión de hablar con las personas que están dentro de la casa. A mi parecer las cosas no son así de fáciles; en el caso de que la casa me sea asignada, ¿a qué instancia debo recurrir para desalojarla y cuáles con los requisitos?

Gracias, Claudia.

R. Amiga Claudia, es válido y correcto que se preocupe por ejercer el derecho que le otorgan nuestras leyes de poder adquirir una vivienda digna y decorosa, que le permita habitarla y disponer de ella al pasar a ser de su propiedad. Lo que no es aconsejable, es que por ilusión se adquiera una vivienda que de entrada tenga la limitación de ejercer su posesión, pues al ser ocupada por un tercero le ocasionará problemas futuros.

Es inherente a la propiedad el derecho de poseer el bien, de servirse o disponer plena y exclusivamente de él, de usarlo, gozarlo, destruirlo, modificarlo, plantar sobre él, construir o excavar, deslindarlo, cercarlo o cerrarlo, en sí, el propietario de un bien tiene derecho a disfrutarlo.

Usted debe saber que la "propiedad" como derecho indica que un bien pertenece a una persona, y por lo tanto, está completamente sujeta a la voluntad de ésta en todo lo que no resulta prohibido por la concurrencia de un derecho ajeno; en su caso, al estar ocupado el bien que pretende adquirir, su derecho de propiedad estaría limitado por la posesión que detentan dichas personas, pues esto impide que usted pueda ocupar la finca si hay personas viviendo en ella, y tendrá que acudir ante una Autoridad Judicial para hacer valer su adquirido derecho.

El derecho de propiedad debe ser un derecho completo; quien se convierte en propietario tiene la facultad de excluir a terceros de su uso o goce, a disponer del bien, y de tomar a este respecto todas las medidas que encuentre convenientes; puede prohibir que en sus inmuebles se ponga cualquier cosa ajena; que se entre o pase por ella; puede incluso encerrar con paredes o cercas su propiedad, siempre y cuando lo haga bajo lo autorizado en las leyes y/o reglamentos. Lo que no sucederá en su caso, si usted adquiere esa finca, ya que tendrá que empezar por sacar a quien se encuentra viviendo ahí, para poder...

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