LEGÍTIMA DEFENSA / Trascendente la sucesión hereditaria

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Licenciado Verde Cuenca, mi abuelo dejó una casa donde vive mi mamá, pero no dejó papeles al morir. En esta casa tenemos 40 años y ahora una tía dice que ella es la propietaria.

    ¿Qué podemos hacer para que no nos vayan a correr de la casa? ¿Dónde podemos averiguar si hay testamento o a nombre de quién está esa casa?

    Atentamente, Carlos.

    R. Carlos, su tema y preocupación es una señal grave de alerta. Pensar en la propiedad de su abuelo, donde vive su hija, mamá suya, transcurren 40 años y sólo se sabe que al morir no dejó papeles, ni certeza de que exista su testamento.

    La alerta, es que urge una actualización y reconocimiento sereno de los mecanismos sucesorios o hereditarios de la actual realidad social familiar, que ha sufrido hondas y profundas transformaciones, acomodándose a una sociología y situaciones jurídicas ya diferentes.

    La muerte de una persona es un hecho triste y desolador en el plano físico de desaparición y de terminación de las relaciones afectivas, pero en la realidad del derecho, sólo constituye un "hecho jurídico", que contempla sólo consecuencias para los que sobreviven y para los herederos.

    Hay que valorar hoy la trascendencia jurídica de la sucesión hereditaria entendiendo su sentido y aplicación en el intrincado mundo de los vivos.

    Elaborando cada quien su testamento se deja certeza de cómo se repartirán los bienes, derechos y acciones que en vida fueron su patrimonio. Queda claro.

    La persona extingue su personalidad con la muerte, y ya no puede dar ninguna indicación de lo que quiere hacer con su patrimonio, salvo si deja sus indicaciones en su testamento.

    Si muere olvidándose de regular en un testamento todo el fenómeno de su herencia, deja a la ley la solución de esa sucesión intestada, si hay parientes hasta el cuarto grado, si no, el estado recogerá y se quedará con los bienes.

    Carlos, por principio de ley, nadie puede hacerse justicia por su propia mano, esto es, para correrlos de la casa que habitan, se requiere necesariamente un juicio previo de donde salga una orden de su desalojo. Tranquilos.

    Su posesión se encuentra protegida por la ley. Acuda al Instituto Registral y Catastral en el Estado, a fin de que le informen quién es el propietario de la finca que ocupa, proporcionando únicamente el domicilio en donde vive, o el nombre de su abuelo. Trámite sencillo.

    Para indagar si existe un testamento a nombre de su abuelo, necesita acudir al Archivo General de Notarías, que su mamá lleve el acta de...

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