LEGÍTIMA DEFENSA / Ruptura matrimonial: liquide los bienes

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Licenciado Alfonso Verde Cuenca, en un caso de divorcio, donde el esposo está dispuesto a dejar la casa a la esposa, ¿cuál es la mejor opción? ¿ceder los derechos o hacer una compraventa?

    Atentamente, Sandra.

    R. Estimada Sandra, si el matrimonio se celebró bajo el régimen de sociedad conyugal, ante la ruptura matrimonial, es sano liquidar los bienes que hayan adquirido durante el matrimonio.

    Si el matrimonio fue por separación de bienes, los bienes de cada esposo siguen siendo de su propiedad, aunque, ahora, procede la compensación, cuando la mujer o el hombre se haya dedicado de manera preponderante a las labores del hogar y al cuidado de los hijos, y exista entre ambos un grave desequilibrio económico.

    Sandra, la esencia de la compraventa consiste en que una de las partes se obliga a transferir la propiedad de una cosa, y el otro, a pagar un precio cierto y en dinero.

    En el caso no sucede así, razón por la que la compraventa no se ajusta a su caso en particular, además, este movimiento generaría un mayor gasto en impuestos, y el vendedor, de acuerdo con las nuevas normas fiscales, tendrá que emitir una factura que avale la compraventa.

    La cesión de los derechos de propiedad de la casa es la opción más sana y acorde, así el bien pasará a ser única y exclusivamente de la esposa, lo que, además, le generará un menor gasto, en comparación con la compraventa.

    Esto deberá hacerse ante el Juez que conozca o haya conocido el divorcio, y una vez aceptada la cesión de la casa por los ex esposos, el Juez ordenará que se haga la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

    La inscripción de la cesión de la casa es la mejor manera de asegurar que el bien ya es única y exclusivamente de la ex esposa, lo que al final, será un peso menos en una relación matrimonial que lamentablemente no funcionó.

  2. - Licenciado Alfonso Verde Cuenca, al querer arreglar mi jubilación, después de haber cotizado mil 991 semanas, el Seguro se amparó porque tengo registrado el salario de 500 pesos diarios...

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