LEGÍTIMA DEFENSA / No más sacrificios, demande alimentos

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Licenciado Verde Cuenca, soy estudiante de sexto semestre de la Facultad de Contabilidad en la UANL, pero desde pequeño sólo he tenido el apoyo de mi mamá, y ahora trabajando medio turno, solvento mis estudios.

    Mi papá aparece como tal en mi acta de nacimiento, pero desde que tengo seis años de edad, él se separó de mi mamá yse ha desatendido de mí. Mi mamá no quiso generar pleito con él, pues él es una persona influyente,pero ahora se encuentra muy delicada de salud.

    Le pregunto con todo respeto, ¿hay manera de que mi papá me apoye en los últimos años de mi carrera y poder sobrellevar asílos gastos de la enfermedad de mi mamá?

    Atentamente: A. Cantú.

    R. - Joven Amigo, el poder del padre y de la madre sobre los hijos es visto como una función, un deber, mientras que los hijos no han alcanzado suficiente madurez y discernimiento propio. Los hijos necesitan apoyo, protección y ayuda para lograr un adecuado desarrollo físico y mental.

    Siendo así, el deber de cumplir con los alimentos, cuando se trata de hijos menores de edad, tiene carácter inexcusable para quienes ejercen la patria potestad.

    Tratándose de los hijos mayores de edad, los padres mantienen la obligación de dar alimentos, lo que se traduce en: sustento, alimentación, vestido, asistencia médica, educación e instrucción, ya no como una obligación absoluta, sino en cuanto subsistan las necesidades de los hijos, como sería siendo un estudiante.

    En el abandono a los hijos, quien se queda con la convivencia y responsabilidad atendiendo sus necesidades, provoca que surja un derecho de reembolso o de pago de los gastos, que en su caso ha soportado su amorosa madre, ahora enferma.

    Su mamá ha cumplido, pero su papá biológico no, pero debe y pronto, atender como su hijo estudiante, sus necesidades básicas. Hable personalmente con su influyente papá, explíquele su necesidad y la de su mamá, convénzalo de que requiere su apoyo, hágalo ya, pero sin conflicto.

    Si no lo logra a través de su visita y conversación, reúna los documentos que lo acreditan como estudiante y junto con su acta de nacimiento, demande los alimentos que en esta etapa importante de su vida necesita.

    Usted por su mayoría de edad, es el titular del derecho a reclamar alimentos a su padre, pues ya tiene plena capacidad jurídica para demandar a fin de que se le reconozca el derecho a sus alimentos.

    Para la cuantía de la obligación alimenticia, se considera un binomio "medios económicos-necesidad", en base a lo cual deberá...

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