LEGÍTIMA DEFENSA / Haga su testamento, no herede problemas

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Licenciado Verde Cuenca, soy la segunda esposa de mi marido. Él en su primer matrimonio tuvo cinco hijos, y cuando se divorció les dejó la casa.

    Cuando se casó conmigo compramos una casa entre los dos, y aunque no tuvimos hijos ya hicimos un testamento.

    Estoy angustiada porque parece ser que sus hijos pueden pelear el 50% de nuestra casa, ¿esto es verdad?, ¿qué debo hacer?

    Rosa María.

    R. Amiga Rosa María, tranquila, creo que no hay nada que le dé motivos de angustia, ni tener temor. Su marido ha actuado correctamente, tanto con su primer familia como con usted.

    La herencia es definida por nuestra ley como "la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte". Se hereda por la voluntad a través de un testamento o por ley que determina qué familiares deben de heredar.

    La casa que compraron les pertenece a ambos, pero la parte de su esposo pasa a formar su herencia cuando fallezca, pero si ya hizo testamento, y en él la designó como heredera, al morir, usted heredará esa parte de la casa y toda sería sólo suya.

    Siendo la heredera testamentaria de su esposo y él fallece, los hijos no tendrán derecho a la herencia y tendrán que respetar la voluntad del padre expresada en el testamento.

    No se angustie, sólo cerciórese que sea la heredera testamentaria de su esposo y siga cada día más feliz al lado de su congruente marido.

  2. - Licenciado Verde Cuenca, soy hijo único, pero quiero saber cómo y dónde puedo arreglar las escrituras de la casa de mi papá. Mi mamá aún vive, pero ella no aparece en las escrituras, sólo está el nombre de mi papá, que al fallecer no dejó testamento.

    Refugio.

    R. Amigo Refugio, si tu padre falleció sin testamento, ésto sólo significa que la herencia debe ser repartida conforme a la ley y a través del Juicio Sucesorio de Intestado, el cual puede ser tramitado ante los Juzgados Familiares o bien ante un Notario Público. En tu caso, todo el trámite será más sencillo, pues eres hijo único.

    Aclaro que, aún y que en la escritura de la casa no aparezca el nombre de tu mamá, puede ella también ser dueña de esa propiedad, lo importante es saber si la propiedad se adquirió por tu padre antes o después del matrimonio y bajo qué régimen estaban casados, es decir, en sociedad conyugal o separación de bienes.

    Si la casa se compró cuando ya estaban casados, y además, su matrimonio era bajo sociedad conyugal o bienes mancomunados, la mitad de la casa le pertenece a tu madre...

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