LEGÍTIMA DEFENSA / La esposa hereda igual que un hijo

AutorAlfonso Verde Cuenca

Como esposa, tiene el derecho a permanecer en la casa, hasta en tanto no se verifique la partición, es decir, se reparta la herencia

  1. - Licenciado Verde Cuenca, viví cinco años en unión libre con un hombre divorciado y con 3 hijos; él compró una casa a su nombre, un año después de esa compra, nos casamos por el civil y no tuvimos familia común.

    Vivimos ahora en la nueva casa, lamentablemente mi marido falleció hace un mes, sin testamento, dejándome en la incertidumbre.

    ¿Tengo derechos sobre la casa, o sólo pertenece a sus hijos legítimos?, ¿debemos desalojar la casa o me asiste algún derecho?

    Los hijos de mi esposo no me han pedido nada, pero en cualquier momento pienso que tratarán de reclamar los bienes de su padre.

    Viuda sin Derechos.

    R. Sra. Viuda, efectivamente la casa era sólo de su esposo, porque la compró antes de casarse con usted, es decir, la adquirió siendo soltero, bueno, divorciado, y en consecuencia sólo era de él, ni de su ex esposa y qué pena, ni suya, insisto, sólo era de él.

    Sin embargo, no se preocupe, no tiene por qué salirse de la casa, ése es su hogar, ahí está el domicilio conyugal, usted es su esposa y tiene el derecho a permanecer en ella, hasta en tanto no se verifique la partición, es decir, se reparta la herencia, y cuidado, pues una parte le corresponde a usted; por ahora, la ley le concede su administración como esposa que vive.

    Como no tuvieron hijos y la casa sólo pertenecía a su marido, va a ser motivo de herencia al 100 por ciento, pues la compró antes de casarse con usted, pero tiene el derecho de participar en la herencia, junto con los hijos de su marido, ya que por ley, cuando el cónyuge que sobreviva no tiene bienes, o los que tiene no igualan la porción que recibirá un hijo, tiene derecho a heredar.

    Como usted no tiene bienes, va a recibir exactamente lo mismo que reciba cada uno de los hijos, por lo tanto, la herencia se va a repartir en tantas partes como hijos haya tenido su marido, y una parte igual para usted, lo que le permite continuar habitando el inmueble, sin la necesidad de desalojar la casa por el fallecimiento de su esposo.

    Además, debe acudir al Seguro Social, pues si su marido gozaba de alguna pensión, o bien, aún trabajaba, usted como su viuda tendrá derecho a recibir una pensión por viudez, pues usted será su beneficiaria como esposa que era.

    Así es que, tranquila, tiene dos caminos: esperar a que los hijos promuevan el juicio sucesorio correspondiente, o bien platicar con ellos y...

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