LEGÍTIMA DEFENSA / El IMSS protege a hijos discapacitados

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Licenciado Verde Cuenca, soy pensionado y tengo un hijo con discapacidad. En la clínica del IMSS me dijeron que no procedía la pensión para él, pero sí una ayuda del 10 por ciento de mi pensión para su manutención.

    Pero mi duda es, si cuando yo fallezca a mi hijo le dejarán de dar esa ayuda, o la pensión seguirá.

    ADH.

    R. Estimado ADH, los hijos de los pensionados por invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez gozarán de una ayuda que la Ley del Seguro Social define como asignaciones familiares.

    Efectivamente, equivale al 10 por ciento del importe de su pensión y para el otorgamiento, el pensionado deberá tramitar en el IMSS la incorporación de esta prestación económica, acompañando acta de nacimiento de sus hijos.

    Por la discapacidad de su hijo, sí es procedente que quede protegido.

    Tienen derecho los hijos menores de 16 años. Los mayores de esta edad hasta los 25 años podrán continuar como beneficiarios al acreditar además que están estudiando en una escuela incorporada al Sistema Educativo Nacional (SEP).

    Los hijos incapacitados mayores de 25 años, que no puedan mantenerse por sí mismos debido a una inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, podrán continuar disfrutando de las asignaciones familiares.

    Cuando se compruebe la discapacidad de los hijos del asegurado, por parte de los médicos del IMSS, la asignación familiar se continuará pagando durante todo el tiempo en que viva el padre o madre asegurado.

    A la muerte del pensionado, los hijos tendrán derecho a una pensión por orfandad, y su ayuda será del 20 por ciento del importe de la pensión que disfrutaba su padre, y de ser huérfano de ambos padres, la pensión se incrementará al 30 por ciento y se recibirá durante toda su vida.

    De manera que al faltar usted, su hijo disfrutará del 20 por ciento del importe de su pensión, y si su madre no vive, será el 30 por ciento.

    Es importante aclarar que cuando el beneficiario hijo, apto para trabajar, es incorporado al régimen obligatorio del IMSS como asegurado, se termina su derecho a las asignaciones familiares, y siendo pensionado por orfandad recibirá un finiquito de su pensión de tres mensualidades.

  2. - Licenciado Verde Cuenca, como servidores públicos sindicalizados en una institución de Educación Media Superior, donde nos rigen la Ley Federal Burocrática, y como supletoria la Ley Federal del Trabajo, le pregunto:

    Si me mandan de una oficina a otra como bibliotecaria, o en prefectura o mantenimiento...

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