LEGÍTIMA DEFENSA / Que no dañen a hijos los pleitos de padres

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Licenciado Verde Cuenca, hace dos años mi esposa empezó a tener relaciones con un americano y me corrió del hogar. Desde hace un año se fue con él a Estados Unidos y se llevó a mi hijo de tres años.

    Desde entonces no he dejado de depositar, en la cuenta bancaria de ella, la pensión voluntaria. Ella había iniciado el divorcio necesario, pero fue cancelado por inactividad procesal.

    Mi pregunta es: ¿ya no se puede abrir este expediente? Quiero tramitar el divorcio, pues desde hace dos años que no convivo con ella y quiero abrir una cuenta poniendo a mi hijo de beneficiario para ya no depositarle a la cuenta de ella.

    No sé si ella le diga al niño que su papá biológico vive en México.

    Roberto

    R. Amigo Roberto, felicidades, usted ha entendido perfectamente que con independencia de que la relación de pareja no funcione, los compromisos como papá o mamá se cumplen y muestra de ello es que usted deposita una pensión a favor de su menor hijo.

    Si el divorcio promovido por su "mujer" ha sido cancelado, no tiene ningún sentido abrir un expediente que ya no tiene vida jurídica, pero sí tiene en sus manos la causa para promover su divorcio, pues al tener más de dos años de no hacer vida en común, la ley les autoriza el divorcio.

    Al no cumplirse los fines del matrimonio, que son precisamente vivir juntos, apoyarse, convivir, respetarse y la procreación, puede perfectamente iniciar el trámite del divorcio por ese motivo, y sólo tendrá que justificar ante la autoridad que tienen más de dos años de no vivir como pareja, lo que no le será difícil, ya que el Juicio que ella promovió le servirá como prueba.

    El divorcio por esta causa sólo rompe el vínculo matrimonial que lo une a su fallida mujer, pero no definirá cuestión alguna respecto a su hijo, por lo que es importante que siga depositándole su pensión, y si no lo quiere hacer a la cuenta de ella, promueva Diligencias de Consignación de Pensión Alimenticia ante un Juez de lo Familiar.

    Lo anterior es recomendable porque si usted lo hace en una cuenta bancaria, poniendo como beneficiario a su hijo, no se cumplirá la obligación de su parte de proporcionarle alimentos, de manera que no ponga en riesgo su responsabilidad como padre, que hasta ahora ha demostrado cumplirla.

    Es de dudarse que la madre de su hijo le informará que usted como padre biológico vive en México, resultará difícil que ella le hable de su padre, tomando en consideración la forma en que ha manejado su nueva relación.

    Es conveniente que...

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