LEGÍTIMA DEFENSA / El acoso puede ser delito

AutorAlfonso Verde Cuenca

1- Licenciado Verde Cuenca, sufrí de acoso laboral y por tal motivo tuve que cambiar de trabajo.

¿Puedo demandar o qué procede sobre las personas que hicieron este acoso laboral? Tengo pruebas al respecto. ¿A dónde puedo acudir, o qué debo hacer?, porque mermaron mi salud y autoestima.

Preocupada.

R. Amiga Preocupada, el acoso, como otras conductas negativas ejercidas dentro del desarrollo de la relación laboral, son punibles.

En su caso, la conducta desplegada por la o las personas que la realizaron es sancionable desde el punto de vista laboral, con independencia de que caigan en el ámbito penal porque pueden llegar a constituir un delito sancionado con pena corporal (cárcel).

Si su pregunta está orientada a la consecuencia desde el punto de vista laboral, le digo que es una causa de rescisión del contrato de trabajo con responsabilidad para el patrón, si los que la llevaron a cabo son dependientes o representantes del patrón y con motivo de su trabajo.

Si así fuera su caso, debe presentar una demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje en esta Ciudad, alegando precisamente la rescisión del contrato de trabajo con sus consecuencias legales, y para ello tiene un término de 30 días a partir de los hechos de la conducta o hecho (acoso).

Por otra parte, si el acoso que señala haber sufrido en su trabajo tuvo un acto de naturaleza sexual, esta conducta puede ser constitutiva de un delito, pues la ley penal sanciona la conducta de toda persona cuando asedia a otra solicitándole ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual, valiéndose para ello de su puesto laboral o de su poder en el trabajo, derivada de sus relaciones laborales, profesionales, religiosas, docentes, domésticas o de subordinación.

Tal conducta se agrava si en el caso se ocasiona un daño o perjuicio en la posición laboral de la persona ofendida.

Sin embargo, le informo que éste es un delito que se persigue sólo a instancia de parte, es decir, para que el Ministerio Público inicie una investigación usted debe presentar su denuncia sobre los hechos, motivo del acoso u hostigamiento sexual, ya que constituye un delito en el que sólo usted resulta afectada, y si el hostigador fuese algún servidor público, y utiliza los medios o las circunstancias de su cargo, no sólo se incrementa su pena, sino que se le puede inhabilitar en su empleo.

Así, en Legítima Defensa de sus derechos laborales y de su libertad sexual, denuncie ante las autoridades la conducta de su desleal y acosador...

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