Ana Laura Magaloni / Tamborazos de realidad

AutorAna Laura Magaloni

"Cuando un hombre no sigue la marcha de sus compañeros es que oye un tambor diferente". Citando esta frase del filósofo anarquista Henry David Thoreau en el debate del pleno del lunes pasado, el ministro Aguirre quiso hacer énfasis, de manera ingeniosa, a las razones que motivaban a cada uno de los ministros para decidir si las reformas legales al sistema de pensiones del ISSSTE eran o no constitucionales. "Yo ya expliqué el tambor que oigo", afirmó Aguirre. Utilizando esta analogía, valdría la pena preguntarse cómo hemos escuchado, desde la sociedad, los "tambores" de la Corte en este importante asunto.

Los cientos de miles de amparos contra la Ley del ISSSTE planteaban varios problemas jurídicos importantes. Sin embargo, en mi opinión, la pregunta constitucional más relevante era si el nuevo sistema de pensiones del ISSSTE debería considerarse como retroactivo o no. Ése fue el tema central de la sesión del pleno del martes pasado. El debate de dicha sesión fue técnico, complejo e interesante en términos jurídicos pero, salvo algunos intentos del ministro Aguirre, el verdadero problema que estaban discutiendo los ministros pasó casi desapercibido. Con ello, los ministros se quedaron lejos de dar un debate verdaderamente pedagógico para la sociedad.

Como se recordará, el régimen de pensiones se modificó, pasando de un "sistema de reparto", en donde todos los trabajadores en activo cotizan para pagar las jubilaciones de los que se retiran, a un sistema de "cuotas individuales", en donde cada quien va ahorrando para el retiro a través de sus aportaciones a una Afore o al Pensionissste. El artículo 10 transitorio de la ley en cuestión señala que los trabajadores en activo (no los de nuevo ingreso) tienen la posibilidad de elegir un sistema u otro, pero, en caso de quedarse con el sistema viejo, cambian algunas cuestiones básicas como la edad de jubilación, los montos de las aportaciones y el no ajuste de la pensión a la inflación a lo largo del tiempo.

Los ministros Ortiz Mayagoitia y Silva Meza estimaron que dichas reformas sí eran retroactivas y, por tanto, inconstitucionales, ya que la opción de quedarse en el sistema antiguo no era real, pues dicho sistema había cambiado en partes sustantivas. En contraposición, el resto de los ministros desestimaron la retroactividad, pues las modificaciones del sistema de pensiones sólo habían de regir de la entrada en vigor de la ley hacia adelante.

Para llegar a esta determinación, los "tambores de la...

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