Ismael Vidales Delgado/ Los símbolos patrios

AutorIsmael Vidales Delgado

El tono y las dimensiones que tomó el caso de los alumnos expulsados de la secundaria transferida No. 75 "Agustín Melgar", por su pertenencia al credo religioso Testigos de Jehová, merece algunos comentarios que contextualizan el tema.

Cada vez son más los conflictos que se suscitan en las escuelas primarias y secundarias originados porque muchos alumnos y algunos maestros pertenecientes a la secta fundamentalista denominada Testigos de Jehová se niegan a rendir los honores correspondientes a nuestros símbolos patrios: la bandera, el escudo y el himno nacionales.

Este conflicto confronta la libertad de conciencia que protege el Artículo 24 de la Constitución contra algunas normas obligatorias dictadas por la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Educación Pública en cuanto a los honores que deben rendirse a nuestros símbolos patrios.

La verdad es que, sobre el tema, no están muy claras las normas contenidas en el Artículo 3, ni en la Ley General de Educación, ni en el Artículo 24 constitucional, ni en el 130 constitucional (Ley de Asociaciones Religiosas), ni siquiera en la Ley sobre las Características y Uso del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

Esta ley señala que será la Secretaría de Gobernación la encargada de velar por su cumplimiento, sin embargo, no se ha sabido que la SG haya tenido alguna actuación en este tipo de conflictos. Quienes han tenido que enfrentarlos han sido los directores de las escuelas, como es el caso que nos ocupa, con base en sus propios y endebles reglamentos.

Algunos directivos han considerado que los niños y los maestros pertenecientes a esta secta pueden abstenerse de realizar los honores a los símbolos patrios y los dejan en el salón de clase o los comisionan a tareas en pro de la escuela, en tanto el resto del alumnado realiza los honores correspondientes.

Otros directivos expulsan a los niños y ponen a disposición de las autoridades laborales a los maestros o maestras pertenecientes a esta secta. Los maestros y los padres de los niños pertenecientes a la secta se inconforman y acuden ante las instancias legales para hacer valer sus derechos.

Las instancias legales, incluidas las Comisiones de Derechos Humanos, son erráticas en sus decisiones. Tengo dos documentos: una recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí que recomienda mantener a los niños en la escuela con base en el Artículo 24 constitucional que protege la libertad de creencias y el Artículo 3 que...

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