Invalida Corte la 'Ley Duarte'

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia declaró ayer que la llamada "Ley Duarte", que castigaba la "perturbación del orden público", es inconstitucional.

Por 10 votos contra uno, el pleno de la Corte resolvió que la reforma de septiembre de 2011 al artículo 373 del Código Penal de Veracruz, por la cual se creó dicho delito, violó garantías Constitucionales de libre expresión, derecho a la información y exacta aplicación de la ley penal.

La sentencia de la Corte es simbólica, pues el Congreso de Veracruz reformó en noviembre de 2012 la redacción del artículo para darle mayor precisión, y dichos cambios no fueron objeto de análisis por parte de los Ministros, que resolvieron una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

En una votación previa de 7 contra 4, la Corte consideró que sí debía estudiar el artículo 373 pese a que ya fue reformado, pues en materia penal las sentencias dictadas en este tipo de acciones tienen efectos retroactivos y podrían beneficiar a algún acusado, aunque en este caso nadie llegó a ser procesado en Veracruz por esta violación a la legislación.

La creación del delito derivó del arresto de dos personas que en agosto de 2011, por medio de sus cuentas de Twitter, alertaron sobre un supuesto grupo armado que había secuestrado a cinco niños en una escuela de Boca del Río, y sobre otros hechos de violencia en el puerto de Veracruz.

Las versiones resultaron falsas, pero los tuitteros Gilberto Martínez Vera y María de Jesús Bravo Pagola estuvieron presos un mes. Posteriormente fueron liberados, ya que el delito que se les imputó, terrorismo, no se ajustaba a los hechos por los que fueron arrestados.

El Gobernador Javier Duarte impulsó entonces la creación del delito de perturbación del orden público, cuya primera redacción fue la siguiente:

"A quien, por cualquier medio, afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos u otros; de ataques con armas de fuego; o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud, ocasionando la perturbación del orden público, se le impondrá prisión de uno a cuatro años y multa de quinientos a mil días de salario, atendiendo a la alarma o perturbación del orden efectivamente producida".

El Ministro Jorge Pardo, autor de la...

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