El fisco no perdona

AutorMarlen Hernández

Benjamín Franklin dijo sabiamente que en esta vida sólo había dos cosas seguras: la muerte y los impuestos. Y estos últimos no perdonan ni la muerte.

Así que si no quiere heredar problemas a su familia, lo más recomendable es que tenga en regla sus obligaciones fiscales para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no lo persiga hasta el más allá.

De acuerdo con especialistas, un error muy común que cometen los familiares o herederos del difunto es pensar que con la muerte del titular se extinguen las obligaciones con el SAT y no dan aviso.

Pero la realidad es que las multas no se perdonan, y si la persona percibía ingresos por arrendamiento y los sigue generando después de la muerte, las obligaciones fiscales permanecen.

"Para el fisco, el fallecimiento de un contribuyente no implica la pérdida de su derecho a recibir los impuestos adeudados por éste, ni los que se generen con posterioridad a la muerte del contribuyente, al continuar percibiendo ingresos por arrendamiento, intereses, entre otros", explica Bernardo Elizondo, abogado fiscalista de la firma Adame y Elizondo.

El artículo 22 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación establece que cuando un contribuyente fallece, es necesario dar aviso a la autoridad fiscal.

Si el contribuyente estaba obligado a declarar periódicamente únicamente por servicios personales, se debe presentar el aviso de cancelación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) dentro del mes siguiente al fallecimiento del causante por familiares, herederos o cualquier tercero interesado, precisa el SAT.

Este trámite, que puede durar alrededor de 40 minutos, se puede realizar en cualquier administración del SAT, con previa cita solicitada a través de portal de la Institución o la aplicación SAT Móvil.

Entre los documentos que solicita el fisco se encuentra una copia simple y una certificada del acta de defunción expedida por el Registro Civil, una identificación oficial vigente del tercero interesado y una Forma RX (Formato de Avisos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR