Fiscalmente, los tratan igual que a los grandes

AutorAlicia Díaz

La microempresa mexicana no tiene opciones para tributar fiscalmente y en la mayoría de los casos está sentenciada a tener un trato igual al que tienen los grandes grupos financieros, señaló el fiscalista Raúl Montemayor Cárdenas.

Indicó que las empresas que tienen hasta 15 trabajadores, sin importar el ramo, tienen que tributar en el Régimen General de Ley.

En el sistema fiscal mexicano, dijo, sólo existe un régimen para pequeños contribuyentes pero únicamente es para quienes venden al público en general.

En el régimen general la empresa está obligada a presentar declaraciones trimestrales tanto de Impuesto al Valor Agregado como del Impuesto Sobre la Renta.

"La empresa, aunque sea muy pequeña, tiene que realizar retenciones del producto del trabajo, retenciones de honorarios y retenciones de arrendamiento", explicó.

El especialista añadió que si la empresa tiene más de cinco trabajadores está obligada a realizar pagos mensuales de Seguro Social e Infonavit a través del SUA, Sistema Tnico de autodeterminación de Cuotas.

Si son menos de 5 trabajadores, señaló, el Seguro Social le manda a la empresa la liquidación para que pague las cuotas de los trabajadores.

"La empresa está obligada a hacer las declaraciones trimestrales y la anual", explicó "y al mes de junio tiene que hacer un ajuste tanto de IVA como de ISR".

Montemayor Cárdenas explicó que el ajuste semestral es una minideclaración de los primeros 6 meses del año del IVA y el ISR.

"Prácticamente, aunque la empresa sea chiquita tiene que presentar dos declaraciones en el año, una minideclaración en junio y la declaración final a diciembre", explicó.

El síndico del contribuyente explicó que anualmente la Secretaría de Hacienda publica un decreto en el que exenta a las empresas que tienen hasta 13 millones de pesos anuales de ingresos del Impuesto al Activo.

Si es una sociedad anónima, dijo, la empresa debe llevar libros de contabilidad, así como la contabilidad de clientes y proveedores.

"Si está en el régimen general de ley, la empresa está obligada a presentar declaraciones informativas en febrero, la de clientes y proveedores, la del crédito al salario también y la de honorarios y arrendamientos", precisó.

Montemayor Cárdenas indicó que existe una nueva obligación para las empresas que están en el régimen general de ley, la nueva declaración...

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