Exenta la venta de tu hogar cada trienio

AutorAlicia Díaz

Si quieres exentar la venta de una casa habitación, tal vez te convenga cerrar la operación en enero.

A partir del primer día del próximo año entra en vigor el paquete fiscal para el 2016 que contiene una reforma al artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

En él se permite a las personas físicas exentar la venta de su casa habitación una vez cada 3 años.

Actualmente establece que este beneficio puede ser posible, pero una vez cada 5 años.

El monto a exentar es de hasta 700 mil Unidades de Inversión (Udis), es decir, alrededor de 3 millones 724 mil pesos.

Si ahorita hay una compraventa, los notarios públicos tendrían que ver si ese contribuyente ofertó una vivienda en los últimos 5 años, explica Miguel Ángel Martínez, titular de la Notaría Pública No. 5.

"Pero si hace la operación a partir del primero de enero, entonces tendríamos que ver si vendió una casa habitación exenta en los últimos 3 años", detalla.

El fedatario indica que si alguna persona se deshizo de una propiedad hace 4 años, tal vez le convendría esperarse al primero de enero.

Sin embargo, precisa que la recomendación más importante es hacer una análisis de este beneficio y sopesar si conviene o no tomar la deducción.

Señala que en ocasiones una persona física exenta una casa habitación de 500 mil pesos por la cual pagaría 10 mil pesos de ISR.

Pero cuando vende una vivienda más grande con valor de 3.5 millones de pesos, donde tienen que pagar 100 mil pesos de ISR, ya no puede porque ya agotó la exención.

"Hay que meditarlo, hay que...

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