Exenta el pago de ISR al vender una vivienda

AutorAngélica Ochoa

Al vender tu vivienda puedes librarte del pago del gravamen correspondiente... siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios.

"La ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) establece que el contribuyente tendrá derecho a exentar los ingresos que reciba por la venta de una casa habitación, una vez cada 3 años", dice Miguel Ángel Martínez.

El titular de la Notaría Pública No. 5 detalla los requisitos que se deben cumplir.

"La venta de la casa habitación deberá hacerse ante un notario con una declaración bajo protesta del contribuyente", explica.

Esto es para asegurarse de que el contribuyente no haya exentado alguna otra propiedad en los últimos tres años.

Martínez comenta que el monto a exentar, por contribuyente, no debe rebasar las 700 mil Unidades de Inversión (Udis), es decir, alrededor de 4 millones 300 mil pesos.

En caso de que el monto sea mayor, se deberá pagar el ISR de la diferencia.

El fedatario detalla que también existe un límite para exentar la superficie del terreno.

"Que el terreno no rebase 3 veces la superficie construida", comenta.

Martínez dice que, por ejemplo, si se trata de un terreno de 2 mil metros cuadrados y se tienen 500 metros cuadrados de construcción, solamente se exentarían mil 500 metros cuadrados de terreno.

Se tendría que pagar el ISR de los 500 metros cuadrados restantes.

El notario público también comenta cuáles son los documentos necesarios para poder exentar.

"Con el Comprobante Fiscal Digital por Internet...

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