Encabeza el IDE preguntas al SAT

AutorDayna Meré

MÉXICO.- Los contribuyentes parecen ir con todo en su intención de recuperar parte de los 17 mil 700 millones de pesos que pagaron de Impuestos a los Depósitos en Efectivo (IDE) durante el 2008.

Este impuesto encabeza la lista de preguntas más frecuentes hechas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante este periodo de declaraciones anuales de personas físicas.

¿Contra qué impuestos pueden restar el IDE las personas físicas que tributen en el régimen Intermedio?, ¿para realizar la devolución anual del IDE tendrá que ser dictaminada por un contador público registrado?, ¿se puede efectuar compensación de IDE si no se realizó acreditamiento previamente?

Según información del organismo, otras de las dudas que tienen los contribuyentes es si se puede efectuar la compensación del IDE contra el pago de IETU, o si podrán recuperar el IDE pagado las personas que no se encuentran inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes.

Asimismo, los contribuyentes cuestionan al SAT sobre cómo calculan los bancos o instituciones financieras el importe total del depósito cuando los depósitos en efectivo se realizan en moneda extranjera.

El SAT señala en su página en internet, que en el caso de las personas físicas, el IDE recaudado sólo se puede restar de los impuestos pagados a la Federación en el periodo que corresponda.

También menciona que no es necesario que para realizar la devolución anual del IDE ésta tenga que ser dictaminada por un contador público registrado, ya que este requisito es sólo para realizar...

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