Despenalizan la difamación en Tamaulipas

AutorEfraín Klérigan

CIUDAD VICTORIA.- Los diputados de Tamaulipas derogaron los delitos de difamación y calumnias, pero agregaron al Código Civil la figura del daño moral.

"Consideramos pertinente realizar la adecuación del Código Penal del Estado, derogando las figuras de los ilícitos de difamación y calumnia del Código Penal del Estado", señala la iniciativa de la fracción del PRI.

En el dictamen, que reconocen fue modificado por la acción legislativa del Congreso de la Unión de desaparecer los delitos de calumnias e injurias del Código Penal Federal, los diputados del PRI consideraron que deben salvaguardar el derecho a la privacidad, el honor y la buena reputación.

"(Adiciona) Lo relativo a la figura del daño moral, para proteger de esa forma al sujeto que se considere afectado en el ejercicio del derecho a la información", dice el dictamen votado por unanimidad.

Los diputados dejaron que sea el juez el que decida el monto de la indemnización de acuerdo al daño moral que considere se provocó al demandante.

La diputada priista Guadalupe Flores Valdez, quien leyó el decreto aprobado por unanimidad, consideró que Tamaulipas dio un paso firme al respeto a la libertad de expresión.

"Ya no hay leyes mordaza en Tamaulipas, aunque en una década no se había encarcelado a periodistas por el delito de difamación", manifestó.

Hasta hoy, los delitos de difamación y calumnias se castigaban en Tamaulipas con hasta dos años de prisión y multa de 100 salarios y en su defensa un inculpado no podía presentar pruebas de que lo dicho era verdad, ni valía el hecho de que se ejercía el derecho a informar.

El decreto que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial de Tamaulipas, considera daño moral el ocasionado a otras personas, su estimación por determinados bienes, el derecho al secreto de su vida privada, honor, decoro, el prestigio, buena reputación e integridad física de la persona misma.

"No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información, en los términos y con las limitaciones de los artículos 6o. y 7o. de la Constitución General de la República", dice el nuevo Artículo 1164 bis.

El mismo artículo 1164 bis añade que en ningún caso se considerarán ofensas al honor las opiniones desfavorables de la crítica literaria, artística, histórica, científica o profesional.

Modificaciones

· No existirán en Tamaulipas los delitos de difamación y calumnias, que se castigaban hasta con...

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