COORDENADAS / La iniciativa que viene en el tema petrolero

AutorEnrique Quintana

Hay indicios de que tal vez por fin esta semana pudiera conocerse una propuesta de reforma en materia petrolera.

  1. - ¿Qué cambio legal es el que se requiere para que Pemex pueda asociarse con otras empresas en proyectos de exploración y explotación en las aguas profundas del Golfo de México?

    De acuerdo con algunos expertos, lo que tendría que cambiarse es el artículo 6 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en Materia de Petróleo. En dicha ley, que data del 29 de noviembre de 1958, casi al término del Gobierno de Adolfo Ruiz Cortines, se establece que "Pemex podrá celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere. Las remuneraciones que en dichos contratos se establezcan serán siempre en efectivo y en ningún caso concederán, por los servicios que se presten o las obras que se ejecuten, porcentajes en los productos ni participación en los resultados de las explotaciones".

    Como las asociaciones en los proyectos en aguas profundas deben tener implícito un pago asociado al éxito o no de los proyectos emprendidos, se requiere la modificación del párrafo en cuestión para que dichas fórmulas puedan ser legales.

  2. - ¿Es necesario que se modifique la Constitución para que puedan ser legales los llamados contratos-riesgo?

    Las opiniones de los expertos constitucionalistas están divididas. Señala el artículo 27 constitucional: "Tratándose del petróleo... no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva".

    Algunos interpretan el párrafo en cuestión como una prohibición expresa a los contratos-riesgo, sin embargo, otros interpretan esa redacción sólo como la prohibición de que los contratistas privados adquieran derechos de propiedad sobre los yacimientos de hidrocarburos.

    En el texto constitucional vigente hasta antes del 20 de enero de 1960, durante el Gobierno de Adolfo López Mateos, no aparecía la palabra "contratos", sino sólo "concesiones". Sin embargo, de acuerdo con otros, no existe una prohibición constitucional para que Pemex pueda pagar los servicios que recibe de terceros mediante remuneraciones variables asociadas al desempeño del proveedor del servicio.

    Debido a la controversia que existe, es posible que una reforma legal pudiera derivar en amparos o controversias...

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