Coordenadas / Reforma fiscal: IMSS y depreciación

AutorEnrique Quintana

Hay todavía mucho por precisar en la reforma fiscal, entre otras cosas, el tema de las cuotas del IMSS y la depreciación de inversiones.

Cuando se ven con lupa las cifras de la reforma fiscal, y no sólo los conceptos generales, surgen al menos dos temas que ahora están en las manos de los legisladores: cuotas del IMSS y depreciación.

Me han escrito de diversas empresas que han hecho las mismas cuentas, así que seguramente las siguientes consideraciones podrán ser útiles para todas.

La Contribución Empresarial a Tasa Única considera que son acreditables para este impuesto los pagos del ISR realizados por la empresa a cuenta de los trabajadores.

Sin embargo, el artículo 8 de la ley de la CETU considera que para calcular el impuesto sí deben tomarse en cuenta tanto el pago del IMSS como el del Infonavit y aun todas las prestaciones exentas que registren los trabajadores.

En otras palabras, la base del impuesto no descontará el llamado costo social de cada plaza y sólo considerará acreditable al CETU el ISR y no el conjunto de pagos que hace la empresa por concepto de su costo laboral.

Las empresas que cumplen con todas las de la ley en el caso de personal con ingresos bajos saben que en ocasiones el costo social de cada plaza puede ser un porcentaje muy alto del salario efectivo y que no poderlo acreditar va a pegarles a sus finanzas.

De modo que a la hora de hacer las cuentas con la CETU, resultará que se castiga a las empresas que pagan las prestaciones de ley o más allá, pues deberán pagar la contribución sobre las cuotas del IMSS y el pago del Infonavit más las prestaciones exentas que otorguen a sus empleados, lo que no sucede con el ISR.

La filosofía del nuevo impuesto es que el costo fiscal laboral sea neutro respecto al ISR, por lo que ya se está viendo con cuidado lo que tendría que modificarse para evitar un impacto negativo en las empresas que pagan bajo las de la ley.

El otro factor que ha despertado una fuerte polémica entre quienes han visto con todo cuidado las leyes es el tratamiento de la depreciación.

Si resulta que usted, en un año electoral, le apostó al País e invirtió fuertemente en la adquisición de equipos y tecnología, e incluso se endeudó para poder hacer esas inversiones, la nueva ley le golpearía.

La razón es que la CETU consideraría deducibles las inversiones que se harían a partir del ejercicio fiscal 2008, pero no tomaría en cuenta las inversiones realizadas en el pasado, que se están deduciendo en el marco del...

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