¿Y los contratos?

AutorAbraham Saucedo

Si no continúa demorándose la aprobación de las leyes secundarias en materia energética, que actualmente se discuten en el Congreso, las primeras licitaciones de contratos petroleros en las que podrá participar la iniciativa privada nacional y extranjera ocurrirán en el tercer trimestre del 2015.

Así lo informó a principios de julio Gabriel Heller, director general de inversiones de la Secretaría de Energía (Sener), organismo que, junto con la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), gestionará las licitaciones para decidir qué empresas recibirán los contratos para la exploración y, en su caso, explotación de uno o más de los campos petrolíferos en territorio nacional.

La reforma energética dispuso que habrá cuatro posibles modalidades de contratación: de servicios, de utilidad compartida, de producción compartida, o de licencia, y la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (LIH) establece los elementos fiscales que deberán aparecer en los mismos.

Estos elementos determinan el tamaño de los ingresos que el Estado mexicano derivará del otorgamiento de los contratos y son similares a los que aparecen en los convenios petroleros de otros países, explica Sergio Ramírez, ex gerente fiscal de Pemex y miembro de la Asociación de Ex Funcionarios Superiores de la Industria Petrolera.

¿Qué contratos habrá?

En los contratos de licencia, la empresa contratada se queda con el 100 por ciento de los hidrocarburos extraídos en un campo determinado, aunque esto no impide que el licenciatario en cuestión pueda formar alianzas con otras firmas para realizar sus operaciones petroleras.

Los contratos de producción compartida involucran a dos o más empresas, entre las que puede estar una privada, Pemex o cualquier otra Empresa Productiva del Estado (EPE), y a cada una de ellas otorgará una porción de los hidrocarburos que se extraigan.

En estos dos tipos de contrato, la porción de hidrocarburos que corresponda a una EPE deberá primero transferirse a PMI Internacional, una subsidiaria de Pemex que se encargará de comercializar los energéticos obtenidos, refiere Ramírez También los contratos de utilidad compartida se otorgan a dos o más empresas, pero en este caso el 100 por ciento de la producción se entregará inmediatamente a PMI, que comercializará los hidrocarburos y posteriormente repartirá las utilidades entre las firmas participantes en proporciones definidas en el contrato.

Los contratos de servicio son más sencillos, parecidos a los contratos incentivados...

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