Consultorio Inmobiliario/ ¿Quién desaloja a los inquilinos?

P.- He visto en la página de internet de Banorte inmuebles anunciados aparentemente en litigio. ¿Cuando se gana el pleito legal, la gente que vive ahí es desalojada por el banco, por la persona que adquiere, o por el poder judicial? ¿Qué beneficios y problemas puede tener quien adquiere así un inmueble?

Francisco Portilla

R.- Raymundo Morales, Tesorero del Colegio de Abogados de Nuevo León, explica que cuando la propiedad está ocupada, quien la adquiere debe desalojar a los inquilinos.

Se recomienda que las casas estén incluso desocupadas de muebles, porque puede pasar que si abren la puerta para sacarlos, el inquilino demande por allanamiento de morada al tener todavía la posesión (no la propiedad) de la casa.

Antes de comprar también revise en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio que no exista alguna hipoteca.

Los fallos se publican en el Boletín Judicial que se vende en la Planta Baja del Tribunal Superior de Justicia, en Juan Ignacio Ramón y Zaragoza, otra opción es ir al juzgado y pedir el expediente.

P.- Mi madre recibió por herencia un terreno en el que me autorizó construir. Quiere que mis hermanos construyan y dejarnos de herencia una parte.

Mi madre quiere heredar en vida. ¿Puedo realizar yo los trámites, porque me dicen que sólo se puede mediante un gestor y que me cobraría muy caro? ¿Cuánto costaría el trámite incluyendo el notario?

Juan González

R.- Según Estela Aldape, de las Notarías 62 y 129, los trámites se pueden hacer personalmente, pero primero se debe levantar un plano del terreno, después acudir ante Desarrollo Urbano del municipio para que les digan los parámetros para la...

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