Consultorio de su Propiedad/ Su nueva casa y la documentación correspondiente

AutorMario Navarro
  1. Compré una casa nueva (ya terminada) a una inmobiliaria mediante un crédito hipotecario y tengo cita la próxima semana para firmar las escrituras ante el Notario Público, ¿qué papelería deben de entregarme en esa ocasión y posteriormente?

  2. C. Apodaca.

  3. Lo que se va a celebrar ante el Notario Público es un contrato de compraventa de la casa entre la inmobiliaria como parte vendedora y usted como parte compradora y, simultáneamente, se celebra un contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria con la institución de crédito que le está otorgando el préstamo (en algunos casos, el contrato de apertura de crédito se incluye en la misma escritura).

En el momento de las firmas de dichos contratos, usted puede solicitarle al Notario Público una constancia de que se encuentra en trámite su escritura. Sin embargo, por lo general no le entregan nada hasta que se recaben las firmas de los apoderados de la parte vendedora, así como la de los funcionarios bancarios y se realicen los trámites del pago del ISAI, dar el aviso de enajenación a Catastro, inscribir la escritura en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio... para posteriormente, en un plazo aproximado de 60 días, entregarle un testimonio original de su escritura y, en su caso, una copia del contrato del crédito (el original sería para la institución bancaria), así como los comprobantes de los pagos de impuestos, derechos, honorarios y gastos correspondientes y el tarjetón del Impuesto Predial a su nombre (terreno y construcción).

Por su parte, la inmobiliaria le deberá entregar un plano de la construcción con los sellos de aprobado y obra terminada de Obras Públicas del municipio correspondiente, así como los planos de las instalaciones de agua y drenaje, luz y gas...

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