Consignan ante Juez a 679 por difamación

AutorVíctor Fuentes

EL NORTE / México

MEXICO.- Por primera vez, el número de casos de difamación consignados ante juzgados de todo el País fue suficiente como para figurar en las estadísticas penales del INEGI, único recuento nacional en la materia.

De acuerdo con la encuesta 2001, durante ese año un total de 679 personas fueron consignadas ante un Juez por difamación en 27 estados de la República y el Distrito Federal, un promedio de más de dos consignaciones por cada día laboral.

Este delito ocupa el lugar 19 entre los ilícitos del fuero común a nivel nacional, con una cifra similar de consignados que la violencia intrafamiliar, el robo de ganado y los fraudes fiscales.

La difamación tiene una característica que la distingue de todos los demás delitos: es el único por el que son consignadas más mujeres que hombres.

Mientras en los delitos del fuero común en general la proporción es de 9 varones acusados por 1 mujer, de los 679 casos de difamación, en 362 la acusada fue de sexo femenino, esto es el 53 por ciento.

La estadística del INEGI no abarca denuncias o averiguaciones previas, sino únicamente los casos donde la Procuraduría responsable ejerció acción penal ante un Juez y solicitó la orden de aprehensión respectiva.

En años anteriores, por lo menos de 1997 a 2000, el número de casos era insuficiente para ameritar una estadística individualizada, por lo que el INEGI incluía la difamación en el rubro "otros delitos", sin proporcionar mayores datos.

Veracruz, con 121 personas consignadas durante 2001, Chiapas, con 96, y Michoacán, con 63, acaparan el 41.4 por ciento de los casos llevados ante tribunales, mientras que las Procuradurías de Coahuila, de Guerrero, de Yucatán y de Guanajuato no consignaron un solo expediente de difamación.

Aunque la sanción varía según la entidad, los códigos penales de los 31 estados y del DF establecen la misma definición de este delito:

"La difamación consiste en comunicar dolosamente a una o más personas, la imputación que se hace a otra persona física, o persona moral en los casos previstos por la ley, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de alguien".

Así, la difamación se distingue de la calumnia, otro delito del capítulo de faltas contra el honor, porque el hecho difundido que causa desprestigio no necesariamente es falso.

"Los elementos de deshonor y descrédito son muy difíciles de probar, porque la difamación tiene que ser con voluntad...

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