Blinda tu patrimonio

AutorMarlen Hernández

Cuando una persona renta un departamento o un inmueble, corre algunos riesgos, entre ellos que el arrendatario utilice el inmueble para actos ilícitos.

Ante esta posibilidad, el arrendador debe protegerse, puesto que como consecuencia podría incluso llegar a perder la propiedad.

Desde el 2009, en la legislación mexicana existe la Ley Federal de Extinción de Dominio, reglamentaria del artículo 22 de la Constitución.

Esta ley señala que un dueño puede perder la propiedad a favor del Gobierno si ésta se destina a la ejecución de actos ilícitos, como puede ser la delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos, trata de personas o enriquecimiento ilícito.

"Un arrendador puede perder su inmueble si se demuestra que él tenía conocimiento de que en el interior de dicho departamento ocurrían hecho ilícitos y que pesar de haber tenido ese conocimiento no lo notificó a las autoridades", indica José Ignacio Cortez Berlanga, socio del bufete Cortez Berlanga y Asociados.

"Si yo rento un departamento, pero resulta que estaba siendo utilizado para tener a personas secuestradas, o inclusive si la persona que renta tiene un negocio de compra-venta de ropa de contrabando o de mercancía pirata y la guarden en el departamento y llega a haber una inspección por parte de las autoridades y yo no tengo ciertas cláusulas dentro del contrato, puedo llegar a perder mi departamento en favor del Estado", explica Guillermo Terán Esparza, asociado de Leal Isla & Horvath.

Así, para evitar o protegerse de este tipo de situaciones hay algunas cláusulas que se deben incluir en el contrato, afirman abogados especialistas en derecho inmobiliario.

En este sentido, una recomendación es incluir cláusulas dentro del contrato donde se especifique...

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