Alertan a electores contra anomalías

AutorMiriam García y Mirna Ramos

"Facilitar" transporte a los electores, darles un lonche o hacer proselitismo hoy en el interior o exterior de las casillas podrían parecer conductas sin importancia, pero en materia electoral son consideradas como ilícitas y todas ellas ameritan cárcel.

Existe una serie de acciones que se sancionan como delitos electorales al estar tipificadas en el Código Penal vigente y que, además, también ameritan la imposición de una multa por parte de la Comisión Estatal Electoral.

Estos delitos están claramente definidos en el Código Penal, se persiguen de oficio y no son privativos de los partidos políticos o coaliciones y sus militantes, también pueden incurrir en ellos los candidatos, los servidores públicos, los funcionarios electorales y los ciudadanos.

El elemento clave para sancionar esas conductas es que se acredite el dolo, es decir, la intención de afectar el proceso electoral o sus resultados.

Esto puede hacerse vía el acarreo de personas a las casillas, es decir, facilitándoles un medio de transporte para que acudan a votar siempre y cuando emitan su sufragio en favor de un partido o candidato.

También incurre en delito quien se instala en el exterior de una casilla o cerca de ésta para ejercer presión en los electores e influir en el sentido de su voto, o aquel que ofrece dinero, alimentos o cualquier recompensa por votar en favor de alguien.

Por esto, José Roble Flores Fernández, presidente de la CEE, exhortó a los ciudadanos a mantenerse en alerta.

"El derecho de voto es sagrado para un ciudadano en un país libre y democrático, y por lo tanto tenemos que cuidarlo mucho en función de que es personal, es libre, es secreto, nadie, ni antes ni después de haber ejercido su derecho de voto, tiene derecho de pedirle que manifieste su preferencia electoral", explicó.

"(Exhorto a los ciudadanos) A que se mantengan alertas, que sepamos que como sociedad hemos avanzado mucho, que nos ha costado mucho trabajo y mucho dinero darnos un sistema electoral como el que se ha dado, que lo conservemos como un tesoro que como sociedad tenemos".

Una de las conductas más denunciadas en anteriores procesos electorales lo fue la recolección de fotocredenciales de elector, lo que es ilegal y también es sancionado en forma penal.

Todas esas conductas están tipificadas en un capítulo único del Código Penal que comprende los artículos del 414 al 426.

Las penas mínimas para estos delitos van de 20 a 100 días de salario mínimo -de 837 a 4 mil 185 pesos- y prisión...

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