LEGÍTIMA DEFENSA / Exija la paternidad responsable

AutorAlfonso Verde Cuenca

'El niño tiene derecho a ser reconocido, a llevar el apellido del padre y a ser alimentado por éste'.

  1. - Lic. Verde Cuenca: tengo una sobrina que tiene 15 años de edad y resultó embarazada debido a que su mamá le dio permiso de irse a vivir en unión libre con su novio, al mes y medio se enojaron porque él la golpeó cuando supo que estaba embarazada y se fue de la ciudad.

    Su mamá recogió a su hija, la pregunta es: ¿procede demandarlo legalmente?, ya que existen testigos de esa unión libre como son los vecinos donde vivían, los papás de él y de ella, los tíos de ambos, etcétera.

    Ricardo

    R. Amigo Ricardo, vivir en pareja, ya sea en matrimonio o en unión libre, implica responsabilidades y se requiere de una gran madurez para poder sobrellevar una buena relación.

    No se vale que al momento de asumir responsabilidades, como lo es la paternidad al quedar la mujer embarazada, la reacción sea la de hacerse el ofendido, abandonar y huir, incluso golpear, conductas que la ley sanciona y pone a fuerza en su lugar a quien se conduce de esa manera.

    Esto demuestra la nula calidad moral del "hombre" que eligió su sobrina como pareja, y que será el padre de su hijo.

    Qué bueno que su sobrina tiene el apoyo de sus padres, pues no obstante ser menor, ahora tiene el cargo de un hijo en camino, pero si el padre ha actuado irresponsablemente, hay que exigirle por medio de la autoridad.

    Al haber golpeado a su pareja, su conducta constituye un delito, pues ha ejercido violencia familiar y deben denunciarlo por dicha conducta, acudiendo a las agencias del Ministerio Público en Delitos de Familia, en Ocampo y Cuauhtémoc.

    Desde luego que se le puede demandar para que afronte sus compromisos, tan pronto como nazca el niño, si voluntariamente no lo reconoce y se responsabiliza en proporcionarle una ayuda económica, el juicio que procede es el de reconocimiento de paternidad, y con eso se le exija una pensión alimenticia acorde a sus posibilidades y a las necesidades del niño.

    Puede y debe de denunciarse penalmente, pues si su sobrina accedió a irse a vivir con él y la relación se sostuvo bajo el argumento de que se casaría con ella y a la postre no lo hizo, ha cometido el delito de estupro, que nuestro Código Penal define como:

    Art. 262.- Comete el delito de estupro el que tenga cópula mediante seducción o engaño, con mujer menor de edad, que sea mayor de trece años...

    Art. 263.- Al responsable del delito de estupro se le aplicará prisión de uno a cinco años, y multa de...

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