LEGÍTIMA DEFENSA / Crédito pagado, hipoteca cancelada

AutorAlfonso Verde Cuenca

'Acuda personalmente al Infonavit, el área de crédito debe ayudarle a solucionar su problema'.

  1. - Lic. Verde Cuenca: mi esposo falleció hace 10 años y me dejó una casa de Infonavit ya pagada, quiero poner la escritura a mi nombre porque está a nombre de los dos.

    Acudí al notario y me dijo que debo tramitar en Infonavit la liberación del crédito por defunción. El problema es que tengo un año tratando de comunicarme a Infonavit México, y cuando me llegan a contestar me dicen que el folio está equivocado y que acuda a las oficinas de aquí, y ahí me dicen que el folio está correcto y que siga insistiendo telefónicamente, pero me traen de un lado a otro y nadie me resuelve.

    ¿A qué otra parte puedo acudir?, pues vía telefónica no he obtenido una respuesta.

    María de la Luz

    R. María de la Luz, lamento su situación, el Infonavit debería darle respuesta pronta y expedita y solucionar el inconveniente para que usted reciba la cancelación de la hipoteca. Ya pagó, no debe, no tiene por qué seguir apareciendo su casa garantizando un crédito que ya no existe, fue liquidado.

    Para que resuelva la situación y obtenga lo antes posible la cancelación de la hipoteca vaya personalmente al departamento de créditos del Infonavit; sus oficinas se ubican en Zaragoza y Matamoros de esta ciudad, y verificar la fecha en que el crédito quedó liquidado y el número de folio que le asignaron para que pueda checar si efectivamente es el correcto o hay un error, y por ello no ha obtenido la cancelación.

    Una vez que haya verificado con el área de créditos de Infonavit la fecha en que el Instituto reporta como liquidado el crédito y el folio que se asignó para el trámite, tendrá que volver a llamar a Infonavit México e insistir con el área jurídica para que tramiten la cancelación y pueda liberar la propiedad.

    Cuando obtenga la cancelación deberá presentarse ante el Registro Público de la Propiedad, a fin de que se cancele la hipoteca que en este momento reporta su propiedad y quede la misma libre de gravamen.

    Posteriormente tendrá que tramitar el juicio sucesorio correspondiente a bienes de su difunto esposo, trámite que podrá hacerse de manera judicial o notarial, según usted lo decida.

    Si su esposo dejó testamento y ustedes estaban casados en sociedad conyugal, el 50 por ciento de la casa que a él correspondía será motivo de la herencia y la recibirá la persona o personas que su esposo haya designado herederos en el testamento.

    Si no hay testamento, ese 50 por ciento de la...

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