Falla SCJN contra burócrata sin base

AutorVíctor Fuentes

EL NORTE / México

MEXICO.- Los servidores públicos de confianza no tienen derecho a demandar su reinstalación en el puesto, aún si son despedidos de manera injustificada, estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El máximo tribunal determinó que las únicas garantías laborales que tienen los empleados de confianza son la protección al salario y la seguridad social, pero que la reinstalación por despido injustificado "únicamente puede ser solicitada por los trabajadores de base".

En 1996 y 1997, la Corte ya había establecido que hay límites a los derechos laborales del personal de confianza, pero esta vez se pronunció expresamente contra la posibilidad de demandar la reinstalación.

La Primera Sala de la Corte declaró que el artículo Octavo de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado "no viola la Constitución" por el hecho de dejar fuera del régimen y los beneficios de dicha ley a quienes no son empleados de base.

El amparo negado en este caso fue promovido por Horacio Mitre, un ex jefe de departamento del Servicio de Administración Tributaria despedido en mayo de 2001, luego de casi 10 años en su puesto.

Como fue despedido sin explicación alguna, Mitre demandó su reinstalación ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el órgano que resuelve las disputas laborales de los burócratas.

En abril de 2002, el TFCA falló contra Mitre e incluso resolvió que el ex funcionario no tenía derecho siquiera al pago de la parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional que le correspondía por los meses que laboró en el 2001.

Meses después, un tribunal colegiado en materia del trabajo resolvió que sí debía pagarse a Mitre lo que se le debiera por aguinaldo y prima vacacional, pero envió el expediente a la Corte para el análisis de la posible inconstitucionalidad del artículo Octavo de la LFTSE.

Para la Corte, el artículo 123 apartado B de la Constitución, no le da al personal de confianza el derecho a la estabilidad en el puesto.

"Los trabajadores de confianza al servicio del Estado gozan de los derechos que que la Constitución otorga a todos los trabajadores en lo concerniente a la relación individual de trabajo, con excepción de la estabilidad en el empleo", establece la sentencia de la ministra Olga Sánchez Cordero.

"Por ende, el derecho a solicitar la reinstalación por despido injustificado, le corresponde únicamente a los trabajadores de base", agrega el fallo.

Los ministros aprobaron una tesis sobre el tema que...

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