Es costoso morir fuera

AutorSandra Reyes

Morirse en el extranjero le complica la vida a los familiares del difunto, que además de atravesar por el difícil trance de la muerte del ser querido, tienen que enfrentarse a una situación de carencia de información, falta de recursos económicos, desconocimiento de los trámites a realizar, barreras del idioma, lejanía de los familiares y la diferencia de legislaciones.

Lo primero que deben hacer los familiares es acudir a la Dirección General de Protección de Mexicanos en el Exterior, de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

Esta dependencia afirma que cuando un connacional mexicano fallece en Estados Unidos -o en cualquier país extranjero- lo más conveniente es establecer contacto con el Departamento de Protección del Consulado de México más cercano al sitio del deceso.

Los familiares deben proporcionar en ese Departamento nombre y fecha de nacimiento del difunto, causas del fallecimiento, sitio de fallecimiento, lugar preciso en donde se localiza el difunto (morgue, hospital, etcétera), el nombre o nombres de los familiares que estarán encargados de realizar los trámites correspondientes, y otros datos relevantes.

En un documento el Departamento de Protección enlista los requisitos de Ley a realizar ante las autoridades de Estados Unidos o de cualquier otro país, así como los trámites en el Consulado de México, indispensables para la repatriación de los restos.

"No es necesaria la repatriación de restos, ésta se realiza a petición de los familiares del difunto, quienes desean dar sepultura a su fallecido en el lugar original de residencia", señala la Secretaria de Relaciones Exteriores.

En los casos en que el connacional tenga familiares en Estados Unidos, la sepultura puede realizarse en territorio estadounidense, agrega la dependencia.

Héctor García González, director general de García Consulting Group, dice que no se requiere contratar los servicios profesionales de un abogado, por lo que se recomienda que se auxilien de la colaboración de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

"Ya sea de la oficina consular de México en el país donde haya ocurrido el deceso, si es que existen allí familiares del difunto, o en la delegación de la SRE que le corresponda, conforme a su lugar de residencia en México", explica.

García González, abogado en servicios migratorios, destaca que el contratar un despacho es opción de los familiares que pueden sentirse profesionalmente respaldados al respecto.

Trámites

Según el Departamento de Protección...

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